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CorteIDH condena a Brasil por falta de investigación en el homicidio de un activista rural – AlbertoNews

CorteIDH condena a Brasil por falta de investigación en el homicidio de un activista rural - AlbertoNews

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este martes al Estado de Brasil por falta de investigación del homicidio del trabajador rural e integrante del Movimiento Sin Tierra (MST), Manoel Luiz da Silva, ocurrido en 1997.

La Corte indicó que el Estado brasileño es responsable internacional por la violación de los derechos a la verdad y a la integridad personal en perjuicio de los familiares de Da Silva.

El caso se remonta al 19 de mayo de 1997 en la Hacienda de Engenho Taipu, localizada en el Municipio de Sao Miguel de Taipu en el estado de Paraíba, en un contexto de violaciones vinculadas al conflicto por la tierra, en perjuicio de trabajadores rurales, así como de personas defensoras de sus derechos.

Según la demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el homicidio fue cometido por actores no estatales y, a pesar de las pruebas que apuntarían a los responsables del delito, la supuesta omisión de la policía respecto de diligencias esenciales no permitió la persecución penal de los sospechosos, entre ellos, el presunto autor intelectual.

«La Corte Interamericana constató que era posible identificar varios hechos que reflejaban la falta de debida diligencia en la investigación del caso como: La falta de consideración de otras líneas de investigación, incluida la participación de agentes estatales; la ausencia de diligencias para la identificación y búsqueda de los posibles autores material e intelectual del delito», indica la sentencia.

La CorteIDH también determinó que hubo «ausencia de diferentes diligencias probatorias, distintos errores manifiestos en la tramitación del caso que resultaron en nulidades procesales, y la falta de consideración del contexto de violencia contra trabajadores rurales en el que ocurrieron los hechos».

El Tribunal también encontró que el Estado brasileño es responsable por la violación del derecho a la verdad de los familiares debido a la falta de esclarecimiento de las circunstancias de la muerte de Manoel Luiz da Silva.

El Estado de Brasil realizó un reconocimiento parcial de responsabilidad por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial debido a la “falta de agilidad en el procesamiento de la acción penal”.

Además, el Estado aceptó su responsabilidad internacional por la violación del derecho a la integridad personal respecto de los familiares del Manoel Luiz da Silva, en virtud del sufrimiento causado.

La CorteIDH ordenó al Estado realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad, pagar indemnizaciones por daño material e inmaterial, así como diseñar e implementar un sistema regional, específico para el estado de Paraíba, para la recopilación de datos y cifras vinculadas a los casos de violencia contra personas trabajadoras rurales.

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Alberto News

Fuente de TenemosNoticias.com: albertonews.com

Publicado el: 2025-02-18 21:53:00
En la sección: Internacionales – AlbertoNews – Periodismo sin censura

Publicado en Internacionales

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