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Colombia Mayor: ¿habrá pagos en noviembre de 2024? | Finanzas | Economía

Colombia Mayor: ¿habrá pagos en noviembre de 2024? | Finanzas | Economía

A cargo del Departamento para la Prosperidad Social, el programa Colombia Mayor contempla una asistencia económica mensual que se gira directamente a los mayores que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión o que viven en situación de pobreza. Con la llegada de fin de año, muchos consultan si habrá pagos durante el mes de noviembre.

Las fechas de cobro de Colombia Mayor de noviembre

El pasado 31 de octubre concluyó la fecha del pago del ciclo 10 de esta iniciativa, por lo que en los próximos días se informará la fecha exacta para recibir el subsidio correspondiente al ciclo 11.

Por tal motivo, Prosperidad Social solicitó a los beneficiarios estar atentos a los canales oficiales para recibir las transferencias bancarias. 

Actualmente, el monto de Colombia Mayor alcanza los $225.000, tras el incremento establecido por el Gobierno Nacional con el fin de mejorar la calidad de vida y ayudar a cubrir los gastos esenciales a los mayores en situación de vulnerabilidad.

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Colombia Mayor: ¿cómo enterarse de los cobros?

Los períodos de pago se informan mes a mes y se realizan mediante los operadores establecidos. Los beneficiarios recibirán el aviso del pago por medio de un mensaje de texto en el que se informará el día y el monto que recibirá para el ciclo correspondiente. 

Es importante recordar que el giro está disponible para ser cobrado durante 10 días hábiles.

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¿Quiénes pueden inscribirse en Colombia Mayor?

Colombia Mayor

iStock

Para inscribirse a este programa debe acercarse a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía. 

En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, mientras que en la ciudad de Bogotá se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social.

Los adultos mayores deben cumplir con los siguientes requisitos:

– Ser colombiano.

– Haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

– Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).

– Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. De acuerdo con Sisbén IV, se toman todos los niveles de los grupos A y B y C hasta el subgrupo C1.​

Fuente de TenemosNoticias.com: www.portafolio.co

Publicado el: 2024-11-11 20:33:00
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