A poco más de una semana de que empiece el debate decisivo de la reforma laboral en la plenaria del Senado, un nuevo capítulo se ha abierto en las discusiones por este proyecto, dado que hay una propuesta que tiene en alerta las pequeñas y medianas empresas, por los efectos adicionales que tendría en estabilidad fiscal.
Se trata de la propuesta de crear una prima adicional por crecimiento económico, incluida en el artículo 17 del proyecto de reforma que ya fue aprobado en tercer debate y que ha generado inquietud entre los empresarios, analistas y expertos en derecho laboral, ya que aunque su intención es mejorar el ingreso de los trabajadores cuando a la empresa le va bien, sus efectos podrían representar una carga considerable para las compañías, especialmente en sectores con alta contratación de mano de obra.
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De ser aprobada en el cuarto y último debate, esta medida se sumará a la lista de nuevas prestaciones sociales obligatorias para los empleadores, incrementando sus compromisos económicos y según cálculos recientes del área de Planeación Laboral de López & Asociados, el impacto sobre el factor prestacional básico podría alcanzar hasta 3,3 puntos porcentuales, lo que en la práctica significa un aumento sustancial en los costos laborales.
El artículo, que hace parte del texto unificado a debatir, establece que los empleadores deberán pagar una prima legal adicional por crecimiento económico, siempre que este crecimiento supere el 4% respecto al ejercicio contable del año anterior y se sumaría a la prima legal de servicios ya existente, así como a cualquier prima extralegal o convencional pactada por contrato.
Reforma laboral.
Imagen generada con Inteligencia Artificial – ChatGPT
El monto a pagar estará determinado por el tamaño de la empresa, ya que reza que será del 20% de un salario mínimo mensual legal vigente para microempresas y empleadores personas naturales; de un 30% de un SMLMV para pequeñas y medianas empresas y del 40% para grandes empresas.
El artículo indica que la vigencia será a partir del 1 de enero de 2027, fecha en la que también deberá estar lista su reglamentación. Además, incluye una novedad respecto a versiones anteriores y es que el pago de esta prima estará sujeto a una reducción de impuestos para el empleador, aunque no se precisan aún los detalles de dicho alivio fiscal.
Tampoco se especifica cómo debe medirse el crecimiento económico o la productividad de los empleadores, dejando estos aspectos clave en manos del Gobierno Nacional.
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Vacíos normativos
Un análisis técnico del artículo, elaborado por López & Asociados, advierte que, si bien la intención del legislador es loable, el texto adolece de vacíos graves en su formulación. Uno de los principales es la ausencia de criterios objetivos para medir el crecimiento económico, ya que no se aclara si se debe usar la variación de los ingresos, el Ebitda, la utilidad neta, el retorno de la inversión, la rentabilidad financiera o algún otro indicador contable o financiero.
Tampoco se establece una fecha clara de pago ni los lineamientos para hacerlo en caso de retiro anticipado del trabajador o cuando este haya laborado solo una parte del año, lo que genera incertidumbre jurídica y deja abiertas las puertas para futuros litigios laborales, especialmente si no se produce la reglamentación a tiempo.
Comisión IV de Senado – reforma laboral
Néstor Gómez – El Tiempo
Otra preocupación es que, al ser considerada una prestación social legal, el no pago oportuno de esta prima podría generar sanciones moratorias para las empresas, tal como ocurre con la prima de servicios tradicional; pero el texto de la norma no establece las medidas correctivas que pueden adoptar las autoridades.
La prima de crecimiento económico, como está formulada en el proyecto de ley de la Reforma Laboral, puede generar unas brechas de Colombia respecto a la región, en un rango que oscila entre el 13,2% y el 32,1% dependiendo del tamaño de cada compañía”, dice el reporte.
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Costos crecientes
Uno de los hallazgos más relevantes del informe técnico es el aumento del factor prestacional, que es el porcentaje adicional que deben asumir las empresas sobre el salario base por concepto de prestaciones, seguridad social, parafiscales y otros costos laborales obligatorios.
Actualmente, una gran empresa con trabajadores que devengan un salario mínimo y que se ubique en el nivel I de riesgo en ARL tiene un factor prestacional de aproximadamente 38,4%. Con la nueva prima, este podría aumentar hasta 41,7%, es decir, 3,3 puntos porcentuales más; mientras que para las pequeñas y medianas empresas, el aumento sería de 2,5 puntos y para las microempresas de 1,7 puntos.
Reforma laboral
Imagen generada con Inteligencia Artificial – ChatGPT
Este incremento puede parecer marginal, pero en sectores intensivos en empleo como comercio, manufactura, agricultura o transporte, puede representar millones de pesos adicionales en la nómina anual y un fuerte impacto en la sostenibilidad financiera de los negocios.
“Incluso sectores que son intensivos en contratación y que son de bajo valor agregado como comercio, agricultura, transporte, alojamiento, restaurantes y actividades de apoyo, entre el 51,9% y el 77,4% de las compañías tendrían que pagar la prima por crecimiento económico”, acotaron.
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Uno de los argumentos más contundentes en el debate es el efecto que esta prima tendría en la competitividad regional, punto en el que López & Asociados comparó la carga de primas legales en Colombia con otros países de América Latina y encontró que la media regional es de 31,8 días de salario al año, con países como México, Brasil y Argentina oscilando entre los 15 y 60 días, según sus normativas.
“De aprobarse la prima por crecimiento económico, la afectación en el factor prestacional puede terminar impulsando el consumo en el corto plazo, pero afectar la competitividad frente a la región en el mediano y largo plazo”, explicaron.
Pesos colombianos
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Por otra parte, si se aprueba la prima por crecimiento económico, Colombia pasaría a estar muy por encima del promedio, dado que las microempresas asumirían una carga 13,2% mayor, las PyMEs, un 22,6% más alta y las grandes empresas, un 32,1% por encima del promedio regional.
Este sobrecosto podría desincentivar la inversión nacional y extranjera, especialmente en un contexto de bajo crecimiento económico y elevada informalidad laboral.
“Incluso en sectores de baja rentabilidad y alto empleo como alojamiento, salud, educación, agricultura o servicios administrativos, más del 60% de las empresas tendrían que reconocer la prima, lo que revela su impacto transversal en la economía”, advirtieron.
Con todo lo anterior, cerraron diciendo que la prima por crecimiento económico representa un ejemplo más de cómo una buena intención legislativa puede verse comprometida por una mala técnica normativa y debido a esto, el Congreso deberá evaluar con cuidado no solo el objetivo social del artículo 17, sino también sus implicaciones económicas, fiscales y legales.
Fuente de TenemosNoticias.com: www.portafolio.co
Publicado el: 2025-06-05 17:05:00
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