Menú Cerrar

Defensa ante CIJ es obligante según Ley para Defensa de la Guayana Esequiba, señala Control Ciudadano

Defensa ante CIJ es obligante según Ley para Defensa de la Guayana Esequiba, señala Control Ciudadano

La ONG Control Ciudadano resaltó como positivo que en la Ley para la Defensa de la Guayana Esequiba, aprobada en segunda discusión por la Asamblea Nacional (AN) de 2020 hasta el artículo 8, se haya incorporado el deber de Estado de defender los intereses de la República ante instancias internacionales judiciales como la Corte Internacional de Justicia (CIJ).

«Las previsiones incorporadas en los artículos 2 y 6 del proyecto de Ley son positivas, pues obligan a defender el caso ante la CIJ sin titubeos, al permitir expresamente actividades de defensa judicial para el Estado y rechazar ante esta instancia internacional, argumentadamente y con pruebas, las pretensiones de Guyana de hacer valer el Laudo Arbitral de 1899, que Venezuela considera nulo como mecanismo para establecer la línea limítrofe entre ambos países», expresó la presidenta de la ONG, Rocío San Miguel, mediante un comunicado.

Durante la segunda discusión del proyecto de ley, en la plenaria dominada por el chavismo del pasado 9 de enero se incorporó al artículo 2 sobre la finalidad de la ley, el numeral 5, el cual contempla «Establecer las normas básicas para la exploración, ubicación, recopilación, aseguramiento, sistematización y disposición de información relevante respecto a la defensa de los derechos» de Venezuela, sobre la Guayana Esequiba, con el objeto de contribuir con la formulación de políticas públicas y las actividades de defensa judicial y extrajudicial.

«Privó racionalidad»

Asimismo, al artículo 6 le fue añadido un párrafo, que establece que Venezuela hará uso de los medios procesales disponibles para rechazar las pretensiones de cualquier tribunal o corte, incluidos los tribunales arbitrales y la CIJ, de atribuirse jurisdicción para conocer o resolver asuntos relacionados con su independencia e integridad territorial».

«Es interesante esta nueva redacción de los artículos 2 y 6 del Proyecto de Ley, pues aunque Venezuela acordó en el referendo consultivo del pasado 3 de diciembre no reconocer la jurisdicción de la CIJ para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba; por la vía de esta Ley, que se espera sea aprobada próximamente, se abre certeramente el deber para el Estado de defender los intereses de la República en esa instancia internacional» sostuvo la abogada.

Para San Miguel, privó la «racionalidad» pues, sostuvo, no puede abandonarse el caso del Esequibo en la CIJ sino más bien robustecer la defensa del Estado ante esta instancia internacional.

«Está previsto para el próximo 8 de abril, que Venezuela presente contramemoria ante la CIJ y es la oportunidad de hacerlo con el mayor apoyo de expertos con los que cuenta el país para esta causa, sin distingo de posición política, pues la Guayana Esequiba es un asunto de Estado y no de gobierno. Esto contribuirá como expresa el proyecto de Ley a la defensa judicial de los derechos de la República Bolivariana de Venezuela, sobre el territorio de la Guayana Esequiba», advirtió San Miguel.

El presidente de la Comisión de Política Interior de la AN de 2020, Diosdado Cabello, solicitó el diferimiento de la segunda discusión debido a las propuestas y observaciones, según dijo, que continúan llegando a la instancia parlamentaria, producto de la consulta pública del instrumento legal que comenzó el 7 de diciembre.

Apuestan por más rectificaciones

Cabello destacó que la unanimidad solo llegó hasta los ocho artículos aprobados y que a partir del artículo 9 hay cambios que deben ser incorporados, producto de más de 200 asambleas que aseguró, abarcó la consulta pública.

«Esperamos continúen produciéndose ajustes en la redacción del resto de los artículos de este Proyecto de Ley Orgánica para la defensa de la Guayana Esequiba, a medida que avanza su aprobación en segunda discusión», acotó la ONG.

Uno de los artículos más polémicos del proyecto de ley aprobado en primera discusión, es el 22, que contempla la inhabilitación para ejercer cargos públicos contra quienes sean señalados de favorecer la posición del gobierno guyanés en la disputa por el Esequibo.

«No podrán ser postulados a cargos de elección popular o ejercer cargos públicos, las personas que, incumpliendo el deber previsto en el artículo 130 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y esta Ley, favorezcan públicamente la posición de la República Cooperativa de Guyana en torno a la Guayana Esequiba o deshonren los símbolos patrios de la Nación», reza el artículo.

Fuente de TenemosNoticias.com: efectococuyo.com

Publicado el: 2024-01-11 13:15:51
En la sección: Política – Efecto Cocuyo

Publicado en Política

Deja un comentario