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‘Excepción de inconstitucionalidad’: qué es esta figura que se pide aplicar al ‘decretazo’ del presidente Petro | Gobierno | Economía

'Excepción de inconstitucionalidad': qué es esta figura que se pide aplicar al 'decretazo' del presidente Petro | Gobierno | Economía

Desde Vichada, donde acompañó las elecciones atípicas para elegir al nuevo gobernador de ese departamento, el registrador nacional Hernán Penagos, habló sobre el decreto con el que el presidente Gustavo Petro convocó a la consulta popular para aprobar algunos puntos de su reforma laboral.

(Vea: Registraduría se pronunciará esta semana sobre el ‘decretazo’: cuál sería su posición).

Dijo que en esta semana, la del 16 al 22 de junio, se pronunciará sobre la solicitud del ‘decretazo’ y que la «Registraduría está estudiando con todo su equipo jurídico, con el rigor debido, ese decreto, así como la decisión que adoptó el Senado de la República y que también fue comunicada a la Registraduría Nacional«.

Además, informó que han llegado siete solicitudes de declaratoria de ‘excepción de inconstitucionalidad’ al decreto firmado por Petro y su gabinete.

La ‘excepción de inconstitucionalidad’ es una figura jurídica que permite a un funcionario no aplicar una norma de rango legal o inferior cuando esta contradice la Constitución.

Este mecanismo está consagrado en el artículo 4 de la Constitución y busca garantizar la supremacía constitucional y la protección de los derechos fundamentales.

Para Carlos Eduardo Gechem, abogado y docente del departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado, dijo que la posibilidad de que el registrador use la ‘excepción constitucional’ sería tratar «de matar una leguleyada con otra».

(Vea: Procuraduría abrió indagación preliminar contra ministros de Petro por el ‘decretazo’).

«Esa no es la posibilidad. Lo que sí podría hacer el registrador es decir: ‘Señor presidente, la Constitución exige dos requisitos para la consulta. Uno, el visto bueno del Senado. Dos, su decreto. Y los dos tienen presunción de validez, tanto su decreto como la votación del Senado, que en mi opinión es negativa, porque así me lo certifica el Congreso. Por consiguiente, faltan requisitos. En ese orden de ideas yo no puedo adelantar el procedimiento’. Y así no se estaría pronunciando ni sobre la legalidad, ni sobre validez, ni sobre constitucionalidad, ni sobre absolutamente nada. Simplemente, estaría, objetivamente, dándose cuenta de que faltan requisitos, el del visto bueno del Senado, y debería pedir que se lo envíen«, complementó.

Registraduría Nacional.

Archivo EL TIEMPO

Panorama judicial del ‘decretazo’

El registrador Penagos comentó que la entidad a su cargo tiene registro de 30 demandas ante el Consejo de Estado (máximo tribunal de lo contencioso administrativo) que piden la nulidad del decreto presidencial y otras querellas ante la Corte Constitucional que buscan que no se apruebe el ‘decretazo’.

(Vea: Demandas y otros recursos jurídicos que se han presentado en contra del ‘decretazo’).

Y la Procuraduría anunció una indagación contra el gabinete de ministros de Gustavo Petro por haber firmado el decreto 639, que es el que convoca la consulta popular.

La Registraduría tiene que certificar que el decreto firmado por Petro cumple con los lineamientos de la Constitución o, de lo contrario, no puede avanzar en la organización de las votaciones para la consulta, según la opinión de juristas. 

(Vea: ‘Decretazo’: ABC de esta y otras decisiones recientes del ).

ABC para entender el ‘decretazo’

PORTAFOLIO
*Con información de EFE

Fuente de TenemosNoticias.com: www.portafolio.co

Publicado el: 2025-06-15 19:32:00
En la sección: Sección

Publicado en Colombia

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