El lío con el megalote ‘Aguas Vivas’ por el cual la Fiscalía acusó al exalcalde de Medellín y precandidato presidencial Daniel Quintero
📅 🕐 17 Sep 2025🔗 Fuente: eltiempo.com🕑 9 min de lectura
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El Decreto 412 de 2023. Ese es el documento por el cual el exalcalde de Medellín y hoy precandidato presidencial, Daniel Quintero Calle, fue imputado hace unos meses y ayer, 16 de septiembre, acusado por la Fiscalía General de la Nación.
La Fiscalía decidió acusar a Quintero por su presunta participación, como alcalde de Medellín, en el escándalo de Aguas Vivas, el megalote de 146.000 metros cuadrados que le fue cedido a la administración distrital de Medellín en 2019 a través de la escritura pública número 5762, en la cual, se le entregó el terreno al distrito a título de compensación de obligaciones urbanísticas.
A través de dicho decreto, la administración distrital de Medellín, con la firma de Quintero, habría hecho modificaciones irregulares al Plan de Ordenamiento Territorial (POT) en aras de beneficiar a terceros con el famoso predio ubicado en El Poblado, en el que se iba el Ecoparque Las Palmas. Para el ente acusador, se trata de un ‘acuerdo criminal’ en el que él habría participado junto a particulares y otros exfuncionarios de La Alpujarra.
Estos son los terrenos que serían sujeto de la intervención para el Valle del Software. Foto:EL TIEMPO.
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La cesión del terreno: peculado
Este terreno, que se encuentra ubicado en la Calle 9a Sur #11-16 entre Las Palmas y el municipio de Rionegro, cuenta con unas restricciones constructivas establecidas en el POT. Esto se debe a que ‘Aguas Vivas’ como su nombre lo indica fue catalogado como un ecoparque de borde y quebrada, caracterizado por sus afluentes.
Este tipo de zonas recibieron múltiples restricciones constructivas en pro de su preservación, por lo cual, no se podría construir prácticamente nada en el lote, o por lo menos, nada que generara el rédito que los dueños del terreno esperaban sacar de él.
Por ello, los dueños, dos firmas constructoras, terminaron cediéndole el terreno a la ciudad en la figura ya mencionada, que les representaba, de alguna manera, beneficios constructivos a futuro, adelantándose al cumplimiento de la normativa correspondiente para la construcción de cualquier inmueble.
Este es el documento de la cesión del lote al distrito a título gratuito e irrevocable. Foto:EL TIEMPO.
A su entrega, el terreno estaba avaluado en $2.711.582.000, sin embargo, después de una serie de avaluaciones inusuales, el terreno pasó a estar valorizado en $42.719.344.667.
Esa valorización desencadenó una disputa legal entre los antiguos dueños y la administración distrital. Los primeros, señalaban que habían sido perjudicados y que ‘habían perdido plata’, por ello, pretendían que el municipio les reconociera la diferencia.
De hecho, se realizó una reunión entre las partes para conciliar, y la administración distrital terminó aceptando pagar la diferencia. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Antioquia, juzgó todo lo sucedido como un controvertimiento de la ley y además, señaló que la conciliación representaba un serio compromiso de recursos públicos que resultaba lesivo para el patrimonio del distrito. Así, el acta de la conciliación quedó sin efecto
Pero ahí no habrían culminado las improcedencias en el actuar del caso. Tras la decisión, y mediante una resolución emitida el 26 de octubre de 2022 por Fabio Andrés García Trujillo, subsecretario de Ejecución Contractual de la Secretaría de Suministros y Servicios, se terminó unilateralmente el contrato de cesión gratuita con los antiguos dueños de Aguas Vivas y se les devolvió el lote.
Se resolvió improbar la conciliación realizada entre los cedentes de Aguas Vivas y el distrito. Foto:EL TIEMPO.
Esta actuación también fue irregular, en tanto la posición jerárquica de García no le hacía correspondiente para poder efectuar dicho acto administrativo. Además, esta resolución no fue sometida a un estudio que permitiera establecer la conveniencia de la culminación del convenio, considerando que este ya hacía parte del patrimonio de la ciudad.
En ese sentido, la fiscal Yarlecy Mena acusó a Quintero porpeculado. Frente a este cargo, el ente acusador indicó que Quintero y García se habrían apropiado del inmueble de Aguas Vivas que en 2019 le habían pasado a la alcaldía los empresarios del sector de la construcción.
«De manera irregular y contraria a lo dispuesto por la normatividad vigente, el señor Fabio García expidió una resolución del 26 de octubre de 2022, mediante la cual ordenó la terminación unilateral del contrato de cesión gratuita y dispuso la devolución del inmueble a los particulares anteriormente mencionados», se lee en la acusación.
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La firma del decreto: prevaricato
Por otro lado, el conflicto con el lote de Aguas Vivas tuvo otra arista de revisión por parte de las autoridades además de lo ocurrido en el acuerdo de cesión del inmueble: la determinación del objeto del mismo en materia de planeación urbana. Aquí es donde entra el exalcalde Quintero.
La cuestión es que el lote de Aguas Vivas había quedado por fuera de los parámetros de área constructiva comercial de la ciudad en función de lo establecido en el Acuerdo 48 de 2014: el Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín. En ese sentido, el terreno entró al banco de tierras de la alcaldía de la ciudad.
Decreto 412 de 2023. Foto:EL TIEMPO.
Con más precisión, el lote Aguas Vivas terminó siendo nombrado Ecoparque las Palmas, y allí, la alcaldía de Daniel Quintero pretendía darle forma a uno de sus proyectos más ambiciosos, el Parque Ambiental Valle del Software, un gran complejo integrado por todo tipo de estructuras urbanas. Sin embargo, por las características del terreno, (95% rural y tan solo 5% urbano) este planteamiento iría en contra del POT.
En su parágrafo 5, el POT de Medellín establece que cualquier obra debe cumplir con las condiciones determinadas en el mismo en materia de intervención y planeación territorial. Con respecto a esa consideración es que se halló la inconsistencia normativa por la que Quintero y sus exfuncionarios están en bajo la lupa de la justicia.
El 12 de mayo de 2023 el exalcalde Quintero firmó un decreto a través del cual se establecían los parámetros que le darían sentido al Valle del Software, la bandera de su administración.
En ese documento, también se planteó la reglamentación del Parque Ambiental Valle del Software, que actuaría como sede de esta iniciativa y que tendría como locación el lote de Aguas Vivas, ya nombrado como Ecoparque Las Palmas.
Entre lo proyectado para el espacio, estaba la construcción de infraestructura pública o privada para el hospedaje permanente o temporal de científicos, estudiantes y/o visitantes que atendieran a las instalaciones principales a colaborar en el proyecto que allí se convocaría. Además, en el Decreto 412 de 2023 se señala que también se construirían hoteles de negociación de tecnología y centros de educación digital.
Según lo planteado, en el Ecoparque Las Palmas se construirían predios de hasta dos pisos en el área rural, mientras que habría espacio para predios de hasta 15 pisos en la zona urbana del lote, esto en seguimiento de lo establecido en el POT.
Decreto 412 de 2023 Foto:EL TIEMPO.
Sin embargo, la firma del decreto representaba ir en contra, precisamente, de varios artículos del Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín, en tanto, para darle sentido al uso del lote, se establecieron funciones y objetos que modificaban el uso del suelo reglamentado para Aguas Vivas, que está catalogado como un ecoparque de borde y quebrada, caracterizado por sus múltiples afluentes.
En ese sentido, la norma restringía la construcción de la infraestructura planteada por la administración Quintero previamente para dar rienda suelta al proyecto del Valle del Software, tanto en materia del tipo de edificaciones y del porcentaje de espacio que estas podían ocupar en el lote, como de la altura de las mismas.
Según lo planteado en la Constitución Política de 1991, en su artículo 313, los planes de ordenamiento territorial y la reglamentación del uso de los suelos a nivel nacional son actividades cuya aprobación, expedición y modificación está reservado para los Concejos Municipales.
Por tanto, el Decreto 412 de 2023 firmado por Quintero y un puñado de sus funcionarios entre los cuales están Jasbleidy Pirazán García, Mauricio Valencia Escobar, Juan David Agudelo Restrepo, Rivier Hernando Gómez Cueva y Fabio Andrés García Trujillo, resultó ser un acto que va en contra de la ley.
Fragmento de la acusación de la Fiscalía por el caso ‘Aguas Vivas’. Foto:Suministrada.
Por esta firma, Quintero tendrá que responder por dos cargos de los que él se ha declarado inocente: interés indebido en la celebración de contrato y prevaricato por acción.
Según la fiscal del caso, con la modificación de papeles desde el año 2020, junto con algunos de sus entonces funcionarios, «habría intentado favorecer económicamente a los particulares cambiando la cesión gratuita del bien a una compraventa, y así poder pagarles más de 40.500 millones de pesos, que correspondían al valor del lote».
Según la fiscal Mena, por distintos medios a la administración de Quintero se le habría puesto de presente que no era posible modificar el POT, ya que era una competencia que tenía el Concejo. No obstante, a través del Decreto 412 de 2023 habría hecho la ‘jugada’ por la que hoy lo pretenden juzgar penalmente.
«Daniel Quintero desconoció los deberes funcionales que le correspondían como alcalde de Medellín, concretamente desconoció los deberes referentes a asegurar que toda actuación administrativa respete la legalidad y normas superiores como las referidas a las competencias constitucionalmente asignadas a los concejos municipales, y el desconocimiento del principio de legalidad se presenta al dirigir la actuación administrativa desbordando la ley», dice el escrito de acusación.