El Gobierno recula y suprime la obligación de que los desempleados hagan la declaración de la renta

El Gobierno ha suprimido la obligación de los perceptores de prestaciones por desempleo de realizar la declaración de la renta, según consta en el Real Decreto-ley de medidas económicas que aprobó ayer el Consejo de Ministros y que publica este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), una medida, de aplicación para el ejercicio fiscal de 2025, que rectifica la obligación que figuraba en la reforma del subsidio de paro de 2024.
El Real Decreto-ley aprobado ayer por el Gobierno modifica la Ley General de la Seguridad Social con la justificación de que la presentación de la declaración del IRPF por parte de estas personas «supone solo una obligación formal». El Ejecutivo argumenta que dicha obligación «excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo».
En este sentido, el Gobierno apunta que esta nueva obligación de presentar la declaración incluyó a más de 2,5 millones de contribuyentes como nuevos obligados a declarar el IRPF, de los que el 75% obtienen rentas por desempleo inferiores a 5.400 euros, por lo que la extensión de la obligación de presentar declaración por IRPF no supone solo una obligación formal, sino que además implica que muchos de estos contribuyentes tengan obligación de autoliquidar e ingresar una cuota tributaria a la que no estarían obligados de acuerdo con la normativa estrictamente tributaria.
Según explica en el texto, se incorporó una obligación similar para la prestación no contributiva del ingreso mínimo vital (IMV), con el objetivo de alinear ambas regulaciones. Sin embargo, las «diferencias sustanciales tanto en la normativa aplicable como en la finalidad de cada prestación» han llevado a desaconsejar esta obligación para los beneficiarios de la prestación por desempleo, «que además supondría un incremento innecesario de la carga administrativa para la persona trabajadora», señala.
Además, los datos necesarios para comprobar las declaraciones responsables de las personas que piden el subsidio de desempleo deben comprobarse por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a través de consultas a los datos tributarios de las personas beneficiarias.
Ya en marzo el Ejecutivo ya decidió no obligar a los perceptores de la prestación por desempleo a presentar la declaración del IRPF correspondiente al año 2024, que se tenía que presentar este año, aplazando así esta exigencia para 2026.
Adicionalmente, señala que el establecimiento de esta obligación puede suponer la pérdida del derecho a aplicar el mínimo por descendiente, por lo que considera que «todo lo anterior justifica la necesidad de suprimirla de forma inmediata».
Fuente de TenemosNoticias.com: www.eleconomista.es
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