El ICAM advierte de la posible inconstitucionalidad de la obligación de negociar antes de demandar

El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) advierte hoy en el Congreso de que la obligación de intentar negociar fuera de los tribunales antes de poder interponer una demanda puede ser inconstitucional. De hecho, el Tribunal Constitucional admitió el pasado mes de febrero un recurso de inconstitucionalidad contra esta medida, obligatoria en el ámbito civil desde que el 3 de abril de 2023 entró en vigor la Ley de Eficiencia de la Justicia.
El decano del ICAM, Eugenio Ribón, ha participado hoy en la jornada celebrada en el Congreso Un año de la Ley de Eficiencia. Revisión ya.
Ribón señala que esta obligación, configurada a través de los Medios Adecuados de Solución de Conflictos (MASC) supone en determinados casos «una barrera de acceso a la jurisdicción» y compromete el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
Ribón expone el impacto de esta norma en procedimientos especialmente sensibles como en asuntos de familia, justicia gratuita y litigios internacionales o transfronterizos.
En los asuntos de familia, el Colegio advierte de que la demora puede cronificar el conflicto y afectar directamente al interés superior del menor. En el ámbito de la justicia gratuita, la exigencia de comunicaciones fehacientes u otros actos de acreditación puede traducirse en una carga añadida para personas vulnerables. Y en los procedimientos internacionales, la activación previa de un MASC puede revelar anticipadamente la intención de demandar en España y favorecer movimientos procesales estratégicos en otros foros.
Ribón señaló que cuando los procesos introducen demoras, costas añadidas, incertidumbre o desigualdad práctica deja de ser un instrumento de racionalización y puede convertirse en un obstáculo para el ejercicio efectivo de los derechos.
El 84% de los letrados colegiados en el Colegio de Abogados de Madrid valora negativamente los MASC como condición previa para acceder a los tribunales.
El 50,7% ha tenido dificultades para acreditar el intento de acuerdo ante el juzgado. Para el ICAM, este dato evidencia uno de los principales riesgos de la reforma: que el debate procesal se desplace desde el fondo del asunto hacia la suficiencia formal del intento negociador, generando litigiosidad accesoria, retrasos e incertidumbre.
Finalmente, el 71% considera que los requisitos de procedibilidad se están interpretando de forma muy desigual, lo que incrementa la inseguridad jurídica y dificulta una aplicación homogénea de la norma. Para la abogacía madrileña, la admisión de una demanda no puede depender de interpretaciones dispares sobre la suficiencia del trámite previo.
Fuente de TenemosNoticias.com: www.eleconomista.es
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