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Economía y Finanzas

Orange ingresará 180 millones por una devolución fiscal de hace 10 años

📅 🕐 hace 4 min🔗 Fuente: eleconomista.es🕑 2 min de lectura
Orange ingresará 180 millones por una devolución fiscal de hace 10 años
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Como el Gordo de Navidad, pero en pleno verano. Una sorpresa comparable la disfruta estos días MasOrange gracias a los 180 millones de euros propinados por Hacienda, correspondientes a pagos indebidos del Impuesto sobre Sociedades.

Una sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, fechada el pasado 4 de junio, estima el recurso contencioso-administrativo de la teleco contra una resolución del Tribunal Económico Administrativo Central. Fruto de ese litigio, el operador de telecomunicaciones, propiedad del grupo Orange desde hace menos de un mes, ha logrado anular un sentencia anterior «por no ajustarse a derecho», si bien lasentencia aún no es firme. El referido recurso abre la puerta a la rectificación de las autoliquidaciones por el Impuesto sobre Sociedades (IS) de los ejercicios 2017 a 2020, en relación con lo indebidamente ingresado, según indica la sentencia tramitada contra el Tribunal Económico Administrativo Central.

De acuerdo con una información adelantada por el diario El Mundo, el alto tribunal se remite a lo establecido por el Tribunal Constitucional en enero de 2024, organismo judicial que declaró inconstitucional parte de la reforma del Impuesto sobre Sociedades implementada por el Gobierno del PP en 2016, en tiempos del exministro de Hacienda Cristóbal Montoro, al considerar que vulneraba el deber de contribuir a los gastos públicos.

Las modificaciones declaradas inconstitucionales fueron los topes a la compensación de bases imponibles negativas, la limitación de deducciones por doble imposición y la obligación de integrar en la base del impuesto los deterioros de valor de sus participaciones fiscalmente deducibles por quintas partes en cinco años, según explica la agencia EFE. Por todo lo anterior, el Supremo explica ahora que, tras la anulación de la anterior resolución por inconstitucionalidad de la ley del Impuesto sobre Sociedades, «la consecuencia inevitable ha de abarcar todos los efectos que en aplicación de la misma se hubieren producido» y se puedan revertir. Sobre todo, si en aplicación de los mismos se han declarado bases imponibles que no deberían haberlo sido y «como consecuencia, se ha tributado más de lo que debiera haberse tributado».

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