Sirt gana el pulso a Telefónica y se queda con el ‘megacontrato’ de fibra de la Generalitat de Cataluña

Sirt mantiene el megacontrato de fibra de la Generalitat de Cataluña, valorado en 127 millones de euros (con IVA), tras la desestimación del recurso interpuesto por la ute Telefónica-Tradia. Esta licitación debe servir a la Administración autonómica para interconectar 5.000 sedes públicas, como colegios, comisarías y hospitales mediante una red de fibra óptica propia.
El pasado 18 de febrero de 2025, la unión de empresas Telefónica y Tradia -la segunda candidatura mejor valorada para adquirir el contrato- interpuso este recurso después de que el CTTI (Centre de Telecomunicacions i Tecnologies de la Informació) resolviera la adjudicación en favor de Sirt, siendo esta la más ventajosa para el organismo. La impugnación ponía en duda la solvencia técnica y económica de la tecnológica catalana, así como el análisis de las mismas por parte de la mesa de contratación. El recurso fue aceptado a trámite por el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público y la empresa hubo de aportar pruebas de su solvencia a la Mesa de Contratación.
El 6 de marzo, el órgano correspondiente ratificó su decisión por primera vez a la luz de unos servicios que Sirt prestó a Adamo en materia de banda ancha, los cuales acreditaban que la firma tiene la capacidad necesaria para ejecutar proyectos de tal calibre, tal como lo consideró la entidad pública. Sin embargo la propia mesa se emplazó a una segunda ronda de aclaraciones a resolver el 20 de marzo, para reforzar su apuesta en pro de Sirt, una reunión que la marca superó satisfactoriamente tras aportar otros trabajos realizados con Adamo e incluso un certificado emitido por el propio CTTI en el marco del contrato «Servicios de gestión y administración técnica de la infraestructura tecnológica del Nus de Comunicacions«.
De esta forma, se concluyó que se había «aportado documentación acreditativa de la prestación de distintos trabajos que cumplen los requisitos de solvencia técnica establecidos en el PCAP (siglas para designar los pliegos de cláusulas administrativas particulares) de la licitación respecto a los servicios de conectividad».
Telefónica alegó en contra de estas consideraciones, pero los miembros de la mesa acordaron «por unanimidad» desestimar las consideraciones del escrito de la teleco al no tener «amparo en la LCSP (Ley de Contratos del Sector Público) ni en la propia resolución». Contra esta decisión cabe la posibilidad de presentar un recurso especial en materia de contratación o bien un recurso contencioso-administrativo que abriría la vía judicial.
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