El presidente Gustavo Petro confirmó esta semana su intención de convocar, por decreto, una consulta popular nacional, pese a que el Congreso, específicamente el Senado de la República, rechazó formalmente esta propuesta el pasado 14 de mayo, con una votación de 49 votos en contra frente a 47 a favor.
La decisión presidencial ha generado una tormenta jurídica y política, ya que sectores académicos, gremiales y legislativos denuncian una eventual ruptura del orden constitucional, mientras que el Ejecutivo insiste en que hubo “trampa” en el trámite parlamentario y que la voluntad popular debe prevalecer.
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Según el jefe de Estado, se decretará la consulta popular porque “jamás hubo un concepto favorable del Senado. Hicieron trampa”, explicando que la plenaria fue cerrada por el presidente del Senado, Efraín Cepeda, antes de que todos los congresistas pudieran votar y como respuesta a esa acción, el Ejecutivo asumirá la iniciativa de convocar al pueblo directamente a finales de julio o principios de agosto.
Un camino polémico
La justificación, sin embargo, no convence a los expertos en derecho constitucional ni a los órganos representativos, ya que para muchos, la afirmación de que el Congreso “no se pronunció” carece de sustento, pues existen actas, certificaciones oficiales y un pronunciamiento del Consejo de Estado que dan cuenta de una votación válida y definitiva.
José Manuel Restrepo, exministro de Hacienda y actual rector de la Universidad EIA, fue enfático en que “no lo puede hacer. El Senado ya se pronunció de manera negativa. Si existe alguna duda sobre esa decisión, corresponde a la Corte Constitucional resolverla, no al Ejecutivo” y debido a esto avanzar por decreto implicaría “una destrucción de la institucionalidad y nuestra democracia”, con consecuencias negativas en la confianza institucional y el clima económico del país.
Plantones por la consulta popular
Néstor Gómez / EL TIEMPO
Entre tanto, María Claudia Lacouture, presidenta de la Cámara Colombo Americana (AmCham), recordó que la Constitución establece que el Presidente solo puede convocar una consulta nacional con aval previo del Senado y que “insistir en convocarla por decreto es desconocer el orden constitucional y la separación de poderes”.
Así mismo, hizo un llamado directo a las autoridades competentes como la Corte Constitucional, Consejo de Estado, Procuraduría, Contraloría y Registraduría, para que intervengan “en defensa del Estado de Derecho”.
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Un elemento que se debe tener en cuenta en este debate es que la Ley Estatutaria 134 de 1994 establece que la pregunta de una consulta nacional debe ser sometida a la aprobación del Senado y que solo con ese aval, y tras el control de la Corte Constitucional, el Presidente puede expedir el decreto de convocatoria.
El rechazo de dicha propuesta por parte del Congreso, como ocurrió el 14 de mayo, constituye un acto definitivo y así lo confirmó también la Sección Quinta del Consejo de Estado, al rechazar una demanda interpuesta contra el archivo de la consulta, reiterando que dicho acto es final y legítimo.

Votación de la consulta popular
Néstor Gómez / Portafolio
Ante esto, el abogado Juan Carlos Arbeláez, socio de impuestos y asuntos legales de Crowe Co Colombia, coincidió con este diagnóstico y agregó que “no existe ninguna norma que autorice al Presidente a sustituir la voluntad del Congreso en este ámbito. Sería una violación directa del principio de legalidad”.
Según Arbeláez, el artículo 104 de la Constitución y la Ley Estatutaria 134 de 1994 son claros en que la consulta requiere concepto favorable del Senado antes de pasar a revisión constitucional y que saltarse ese trámite equivaldría a un acto inconstitucional y sin antecedentes en la historia reciente de Colombia.
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Consecuencias mayores
Los expertos consultados por Portafolio coincidieron en que el camino de la consulta por decreto vulneraría al menos tres principios esenciales como son la separación de poderes (Artículo 113), la legalidad (Artículo 6) y la democracia representativa. Incluso abre la puerta a una eventual investigación por mal desempeño de funciones en el Congreso, conforme a lo estipulado en el Artículo 175 de la Constitución.
Es por esto que la reacción de los partidos políticos no se hizo esperar y en una declaración conjunta, Cambio Radical, Centro Democrático, Partido Conservador, Partido Liberal, Partido de la U, MIRA, Colombia Justa Libres y el Partido ASI calificaron la intención de Petro como “una violación grave, abierta y directa a la Constitución” y “un golpe al Estado de Derecho”.

Consulta popular
Imagen generada con Inteligencia Artificial – ChatGPT
“Colombia no puede ser sometida a la voluntad de una persona que pretende desconocer el Estado de Derecho”, señalaron, al tiempo que recordaron que el Congreso ha cumplido su función deliberativa y exhortaron a las instituciones a actuar con firmeza.
Todo esto, mientras que, en una carta oficial, el presidente del Senado, Efraín Cepeda, se pronunció ante la Registraduría Nacional el 3 de junio y certificó la votación oficial de archivo de la consulta, fortaleciendo la legitimidad del rechazo.
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El Consejo Gremial Nacional también emitió un comunicado en el que expresó su “profundo rechazo” al anuncio del presidente Petro. Para el conglomerado empresarial, el decreto vulnera la institucionalidad y genera un precedente que pone en riesgo la seguridad jurídica del país. “El Ejecutivo no tiene facultades para convocar unilateralmente una consulta popular que ha sido negada por el Congreso”, indicaron.
Recordaron además que el artículo 188 de la Constitución obliga al Presidente a simbolizar la unidad nacional, no a dividir al país ni a instrumentalizar su cargo para presionar otras ramas del poder y que “saltarse el proceso legislativo solo genera inestabilidad jurídica y afecta la confianza de los inversionistas”.

Corte Constitucional
Cortesía
¿Y ahora qué?
Por ahora, la iniciativa presidencial ha reactivado un profundo debate nacional sobre los límites del poder, la validez de los mecanismos de participación ciudadana y la solidez del modelo democrático colombiano y si bien la Registraduría aún no ha emitido un pronunciamiento sobre la viabilidad de avanzar en la organización de una consulta con base en un decreto presidencial, todo apunta a que la Corte Constitucional será llamada a resolver, en tiempo récord, si esta vía tiene algún sustento legal.
Sin precedentes similares en la historia reciente, la decisión del presidente Petro marcaría un antes y un después en la relación entre el Ejecutivo y el Congreso. Mientras tanto, el país asiste a un episodio inédito de tensión entre poderes que pone a prueba no solo el texto de la Constitución, sino su espíritu democrático.
Fuente de TenemosNoticias.com: www.portafolio.co
Publicado el: 2025-06-04 22:24:00
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