La crisis humanitaria que se vive en El Catatumbo por los enfrentamientos entre la guerrilla del ELN y disidencias de las Farc, no da más tregua y debido a ello, el presidente Gustavo Petro anunció que declarará el estado de conmoción interior y emergencia económica; con el fin de atender cuanto antes a la población afectada.
El recrudecimiento de los desplazamientos forzados, el aumento de asesinatos de líderes sociales y las necesidades económicas de los habitantes de departamentos como Norte de Santander y Cesar que han quedado en medio de la guerra, fueron algunos de los flagelos que incidieron en que esto pasara y para lo cual el jefe de Estado pidió la ayuda de todos.
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A la espera de que se conozcan el o los decretos que reglamentarán el anuncio del presidente Petro, Portafolio conversó con cinco analistas sobre la viabilidad de esta decisión y estos advirtieron que nuevamente el país está ad portas de enfrentarse a un escenario como el de La Guajira, donde las decisiones del Ejecutivo se cayeron por ir en contra de lo establecido en la Constitución.
Exclusión mutua
Uno de los primeros puntos de vista fue el de Jorge Restrepo, profesor de la Universidad Javeriana y director del Centro de Recursos para el Análisis del Conflicto (Cerac). Este experto sostiene que lo primero a tener en cuenta es que la Constitución establece que los estados de conmoción interior y emergencia económica no pueden declararse simultáneamente por las mismas razones.
Presidente Gustavo Petro
Presidencia
“Las razones por las cuales se declaren, si bien pueden estar ligadas a la crisis en El Catatumbo, pues tienen que ser diferentes, es decir, bien por el impacto de esa crisis en términos económicos y sociales para el caso de la emergencia económica y en el caso de la conmoción interior por las condiciones de alteración o de desorden público, la alteración del orden público que llevan a declarar la conmoción interior”, acotó.
De igual forma indicó que es necesario prestar mucha atención a la forma en la que se va a aplicar, dado que se debería delimitar para las poblaciones afectadas, donde se podrían ordenar restricciones a derechos como movilidad, reunión y decisiones sobre poderes territoriales.
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Ojo de la Corte
Según la Constitución de 1991, la conmoción interior es uno de los varios tipos de estado de excepción que otorga al presidente poderes especiales para enfrentar amenazas inminentes contra el Estado y se puede declarar por una vigencia no mayor a 90 días, prorrogables hasta por dos períodos iguales con aval del Congreso.
No obstante, para que esto se pueda conjurar, es necesario que haya una eventualidad inesperada, que no ha sucedido en este momento, según lo advierte el exviceministro de Hacienda, Juan Alberto Londoño, para quien todo quedará nuevamente en manos de las altas cortes.
“La crisis del Catatumbo y de orden público puede ameritar medidas extraordinarias, pero para eso se requiere conocer la justificación y qué medidas extraordinarias se van a tomar. Esto es el fracaso de La Paz total, para fortalecer la fuerza pública no se requiere de emergencia económica”, manifestó.

Desplazados del Catatumbo.
AFP
Dicho esto, Londoño se mostró “convencido de que la emergencia económica se caerá. Frente a la conmoción interior, hay que rodear a la Corte para que analice con cuidado y en caso de autorizarla, trabajar para que tengamos todos los controles frente a posibles abusos por parte del Ejecutivo”.
En el mismo sentido opinó José Manuel Restrepo, rector de la Universidad EIA, destacando que las redes sociales no son el medio para informar decisiones de tal envergadura, dado que se habla de alterar el estado natural de las cosas y este tipo de eventos suele generar muchas dudas entre la comunidad y alienta la incertidumbre.
“Es importante saber que por el mismo motivo no se pueden declarar simultáneamente una conmoción interior y una emergencia económica. Luego ahí de bulto hay un error jurídico que necesita responderse y la única forma es a través de las razones que motivaron el uno y el otro, que repito, no pueden ser iguales”, explicó.
Restrepo Abondano también habló de la emergencia económica y acotó que “es importante saber si existe la razón para decretarla, es decir, existen hechos sobrevinientes y excepcionales que motivarían la emergencia económica y es importante señalar que la Defensoría del Pueblo de tiempo atrás se ha pronunciado sobre la realidad de Catatumbo, luego la pregunta es si existe realmente o no un hecho sobreviniente”.
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Control judicial
Frente a la conmoción interior, la Constitución establece que «en caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el estado de conmoción interior, en toda la República o parte de ella».
Debido a esto, para el exministro de Hacienda, Juan Camilo Restrepo, la Corte Constitucional revisará si existe una situación inesperada o si las medidas son directamente relacionadas con la emergencia en El Catatumbo, para determinar si es válida o no y en caso de que salga en contra del Gobierno, revertir sus actos administrativos.
“Todo depende entonces de la sustentación que haga el decreto. Si allí no se demuestra que la situación de El Catatumbo es inesperada (emergente) o que no se puede manejar con las facultades ordinarias, puede correr la suerte que tuvo la declaración de excepción constitucional de la Guajira”, agregó.

ELN.
Archivo EL TIEMPO
En este sentido, las consultas cerraron con Mauricio Cárdenas, quien también estuvo al frente de la cartera de Hacienda, y opinó que la situación en Catatumbo es un problema de larga data, no un hecho sobreviniente, al tiempo que advierte que el Gobierno podría aprovechar la emergencia para introducir impuestos rechazados, como el impuesto al patrimonio, lo cual sería inapropiado desde su punto de vista.
“El mensaje al Presidente es que no busque resolver, con la excusa de El Catatumbo, los problemas fiscales que tiene el Gobierno Nacional. Ojo, se buscan soluciones para esta región y es posible que se requieran ingresos adicionales o un estado de excepción, pero para allí no más, no para todo el país”, advirtió.
El último antecedente de una declaración de conmoción interior se dio en el segundo gobierno de Álvaro Uribe Vélez, en 2008, por un prolongado paro judicial que amenazaba con una excarcelación masiva y antes de eso, el mismo Uribe había decretado la conmoción al llegar al poder en 2002, en el periodo más violento del conflicto armado interno colombiano.
Fuente de TenemosNoticias.com: www.portafolio.co
Publicado el: 2025-01-21 20:07:00
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