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Procuraduría inhabilitó al exalcalde de Cartagena por 9 años para cargos p

Procuraduría inhabilitó al exalcalde de Cartagena por 9 años para cargos p

El exalcalde de Cartagena, William Jorge Dau Chamatt, fue destituido e inhabilitado por nueve años para ejercer funciones públicas. Esta decisión, anunciada por la Procuraduría General de la Nación, se tomó debido a presuntas irregularidades en la adquisición de diez mil pruebas rápidas para el diagnóstico del COVID-19 durante el año 2020.

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La Procuraduría encontró a Dau Chamatt responsable disciplinariamente por permitir la contratación con la empresa Ventas, Distribución y Marketing Ltda., que no tenía la capacidad para suministrar las pruebas requeridas. 

El fallo en primera instancia sostiene que la empresa contratada no contaba con la disponibilidad de pruebas ni estaba habilitada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) para su comercialización. Además, los precios unitarios de los kits ofrecidos eran superiores en comparación con otros laboratorios acreditados.

Junto a Dau Chamatt, Álvaro José Fortich Rebollo, exdirector del Departamento Administrativo Distrital de Salud (Dadis), también fue sancionado con destitución e inhabilidad por el mismo período. Fortich, quien dirigía el Dadis en 2020, fue hallado responsable de las mismas irregularidades en el proceso de contratación.

La indagación preliminar sobre estas irregularidades comenzó el 29 de abril de 2020.

Según la Procuraduría, la falta de idoneidad del contratista desvirtuó las razones que motivaron la contratación de emergencia, cuyo propósito era permitir un diagnóstico oportuno y una respuesta inmediata a la crisis de salud pública generada por la pandemia.

Aplicación de las pruebas rápidas de coronavirus.

Foto:Prensa Alcaldía

Por su parte, el exalcalde Dau ha dicho que su administración fue la primera en todo el pais en comprar pruebas contra la pandemia, por lo tanto cuando fueron adquiridas por el Distrito no hubo manera de ponderar los precios con otras regiones. 

El Ministerio Público ha dispuesto notificar personalmente a los sancionados y ha señalado que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala de Servidores de Elección Popular. La sanción se hará efectiva una vez la decisión sea firme, ya que no es procedente el recurso extraordinario de revisión en este

JOHN MONTAÑO

Periodista de Nación 

Cartagena

Fuente de TenemosNoticias.com: www.eltiempo.com

Publicado el: 2024-07-22 10:17:48
En la sección: EL TIEMPO.COM -Colombia

Publicado en Colombia

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