▷ Dr. José Gregorio Zaá alerta sobre inconstitucionalidad en nueva Ley de Trámites Administrativos #3Abr
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La reciente aprobación de la Ley Orgánica para la Aceleración y Optimización de Trámites y Procedimientos Administrativos por parte de la Asamblea Nacional ha generado un intenso debate jurídico sobre la separación de poderes en el país.
Aunque el instrumento, promovido por la presidente encargada Delcy Rodríguez, se presenta como la solución definitiva al «Viacrucis burocrático» de los ciudadanos, expertos en la materia advierten sobre vicios de fondo que comprometen el orden constitucional.
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En entrevista concedida a El Impulso, el Dr. José Gregorio Zaá, abogado y docente universitario, analizó con severidad el contenido de esta normativa. Para el especialista, el texto adolece de una desconexión con la realidad técnica de Venezuela y, lo más grave, contiene disposiciones que vulneran la reserva legal. “La eficiencia no se decreta”, sentenció Zaá, enfatizando que la agilidad administrativa depende de la formación, la probidad y la infraestructura, no de la simple promulgación de nuevos textos legales.
El conflicto de los artículos 7 y 8
El punto medular del análisis del Dr. Zaá se centra en los artículos 7 y 8 de la ley sancionada. Según el jurista, estas disposiciones otorgan facultades extraordinarias a quien ejerce la Presidencia de la República para modificar o derogar leyes y decretos que regulen procedimientos administrativos, una competencia que pertenece exclusivamente al Poder Legislativo.
“Es manifiestamente inconstitucional que el presidente de la República, por mandato de ese artículo 7, tenga las competencias de derogar leyes dictadas por su órgano natural, que es la Asamblea Nacional”, denunció el catedrático.
Zaá advierte que esto representa un «contrabando» legislativo que permite al Ejecutivo atentar contra la regla de oro de la administración pública: la reserva legal formal. Al permitir que actos administrativos de rango sublegal alteren leyes orgánicas u ordinarias, se fractura la jerarquía jurídica y se debilita la seguridad de los administrados.
Digitalización: ¿Avance o barrera?
Otro eje de la crítica reside en la obligatoriedad de la digitalización de los trámites. Si bien el uso de tecnología es un avance deseable, el Dr. Zaá cuestiona si el Estado venezolano posee la infraestructura necesaria para sostener este modelo. La precariedad del fluido eléctrico, la inestabilidad de la conexión a internet y la falta de equipos actualizados en las oficinas públicas convierten la digitalización en un obstáculo mayor.
El abogado citó el caso del Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), donde la implementación de plataformas digitales ha ralentizado procesos que anteriormente eran más directos. En su criterio, esta falla estructural termina incentivando la corrupción, ya que el ciudadano se ve forzado a recurrir a intermediarios o a la «coima» para agilizar expedientes que el sistema bloquea por deficiencias técnicas.
Centralización de la administración pública
Uno de los aspectos más preocupantes de la nueva ley es la creación de una Comisión Presidencial Consultiva para la aceleración de trámites. Para el Dr. Zaá, esta estructura evidencia una intención de concentrar el poder en lugar de desconcentrarlo hacia las regiones y municipios.
Al estar encabezada por el propio Presidente de la República y sus vicepresidentes sectoriales, la comisión funciona como un filtro político que centraliza decisiones que deberían ser técnicas y fluidas en cada instancia de la administración pública.
Esta centralización se traduce en un control absoluto sobre el proceso de optimización, donde el Ejecutivo se convierte en «juez y parte» al proponer la ley y luego autonombrarse jefe del ente que la controla. Esta dinámica aleja al ciudadano de una respuesta oportuna y cercana.
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Fuente de TenemosNoticias.com: www.elimpulso.com
En la sección: ▷ Archivos de Regionales – El Impulso
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