El Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU pide llevar la crisis de México a la Asamblea General

El Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada (CED) ha decidido solicitar al secretario general de Naciones Unidas, António Guterres, que remita urgentemente a la Asamblea General la situación de las desapariciones forzadas en México. El objetivo es que el plenario de la organización considere medidas destinadas a apoyar al Estado mexicano en la prevención, investigación, castigo y erradicación de este tipo de crimen. Sin embargo, la Secretaría de Relaciones Exteriores de México (SRE) ha emitido un comunicado en el que rechaza firmemente el informe, al que califica de “parcial y sesgado” por “omitir los esfuerzos institucionales” en la búsqueda de personas desaparecidas en el país.
En su decisión, publicada este jueves en virtud del artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, el comité, que tiene su sede en Ginebra y es el órgano de expertos independientes que supervisa su aplicación, concluye que la información que ha recibido “contiene indicios bien fundados” de que en México se han cometido y se siguen cometiendo desapariciones forzadas como crímenes de lesa humanidad. Su evaluación se basa en el hecho constatado de que se han producido múltiples ataques generalizados o sistemáticos contra la población civil en diferentes momentos y en diferentes partes del país, que culminan en una cifra vertiginosa de más de 132.000 desaparecidos.
El procedimiento, de carácter preventivo, tiene como objetivo movilizar la atención y el apoyo de la comunidad internacional, no establecer una responsabilidad penal colectiva o individual. En virtud del artículo 34 de la Convención, el comité no actúa como una comisión de investigación y no está obligado a llegar a una conclusión fáctica. Sin embargo, sí puede determinar, sobre la base de indicios bien fundados, si ha recibido información detallada y precisa de una fuente fidedigna de que han ocurrido hechos que caen dentro de su competencia.
La SRE ha lamentado que el organismo internacional “haya rechazado estudiar la información actualizada proporcionada por el Estado mexicano antes de publicar su resolución”. La dependencia señala que el informe de la ONU se basa en hechos ocurridos entre 2007 y 2019, en los gobiernos de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, y se circunscribe a solo cuatro de los 32 Estados de la República. “La decisión del Comité es parcial y sesgada. Omite considerar los esfuerzos institucionales presentados el pasado 27 de marzo”, han resaltado. “El Gobierno de México no tolera, permite ni ordena desapariciones forzadas. Además, resaltamos que en esta administración se ha emprendido una reforma legislativa e institucional, en coordinación con colectivos de familiares, para atender este flagelo”, han añadido.
Este es el segundo choque entre el Gobierno de Claudia Sheinbaum y la ONU. Hace exactamente un año, el organismo señaló que las desapariciones forzadas en México son “sistemáticas y generalizadas”. La presidenta activó toda la maquinaria diplomática, con pronunciamientos desde la SRE e incluso desde el Senado en contra. “Lo primero, lo rechazamos. Porque en México no hay desaparición forzada desde el Estado. Toda la vida luchamos contra eso, eso no existe en México. Hay un fenómeno de desaparición vinculada con la delincuencia organizada, y estamos haciendo todo lo que esté en nuestras manos para combatirlo”, zanjó en una rueda de prensa. Ahora el enfrentamiento se repite, y México sigue defendiendo su colaboración con organizaciones civiles y organismos institucionales para evitar más desapariciones y encontrar a los que ya figuran en los registros. “México está abierto a la cooperación técnica internacional, pero no a partir de premisas que no reflejan su realidad actual”, ha puntualizado la SRE en el comunicado.
Esta decisión del comité se basa en la información presentada por la sociedad civil, la respuesta del Estado mexicano en septiembre de 2025 a su solicitud de información sobre la situación, y la información recopilada por el comité desde 2012, entre otras cosas a través de exámenes periódicos: además de una visita al país en 2021 y solicitudes de acción urgente presentadas por víctimas de desapariciones. El comité también ha tomado nota de la información presentada por el Estado mexicano y por la sociedad civil tras la adopción de su decisión.
En vista de las pruebas recabadas, y considerando que la “guerra contra las drogas” en México ha contribuido a las condiciones en las que se han producido tales ataques, el comité subraya que no ha encontrado pruebas de una política a nivel federal para cometer desapariciones forzadas —ya sea mediante acción deliberada u omisión deliberada— en el sentido del Estatuto de Roma. El comité también enfatiza que ni la Convención ni el Estatuto de Roma exigen que tales ataques se produzcan en todo el territorio de un país, o que se originen en los más altos niveles del Gobierno, para que se consideren crímenes de lesa humanidad.
En este sentido, el comité ha tomado nota de la postura de México de que muchas desapariciones en el país son perpetradas por grupos delictivos y no por agentes del Estado y, por lo tanto, no deben clasificarse como desapariciones forzadas con arreglo al artículo 2 de la convención. Sin embargo, el comité destaca que, en algunos de los casos denunciados, ha recibido información fundamentada que apuntaba a la participación directa de funcionarios públicos, o a su autorización, apoyo o aquiescencia. Uno de los casos recientes más representativos es la desaparición de los 43 estudiantes normalistas de Ayotzinapa en 2014. El caso, una de las grandes vergüenzas del México moderno, puso en evidencia la cercanía entre el crimen organizado y las diferentes esferas del Estado, desde policía municipal hasta el Ejército.
Además, subraya que, a la luz del artículo 5 de la Convención y del artículo 7 del Estatuto de Roma, del que México también es Estado Parte, las desapariciones forzadas como crimen de lesa humanidad también pueden ser cometidas por una “organización”, incluidos ciertos actores no estatales organizados, cuando “formen parte de un ataque generalizado o sistemático dirigido contra la población civil”.
Fuente de TenemosNoticias.com: elpais.com
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