Lenta, cara y politizada: el diagnóstico sobre la Justicia de 1930 que avergüenza al presente

Hace unos días precisaba contrastar determinada doctrina legal anterior referida a un tema de mi interés. Revisaba la biblioteca jurídica heredada de mi padre y entre las estanterías repletas de libros técnicos que nadie leía extraje uno. Lomo encuadernado en piel color granate, letras doradas casi ilegibles. Me llamó la atención sin conocer la causa y leí el titulo estampado en letras diminutas: «La administración de Justicia en España». Autor: Valle. En la primera página se detalla que se trata de una Memoria en la solemne apertura de los tribunales del día 15 de septiembre de 1930 redactada y leída por el Fiscal del Tribunal Supremo Don Santiago del Valle y Aldabalde, publicada por Editorial Reus de Madrid en el año 1930.
Hojeo el libro y advierto muchas páginas en las que figuran párrafos subrayados con lápiz de punta fina. Me siento y leo. A medida que progreso en la lectura de las páginas publicadas hace noventa y seis años me sorprendo interesado.
El texto que transcribo se refiere a una Memoria de un período anterior a la dictadura de Primo de Rivera.
«Los funcionarios judiciales desconfían, llevan muchos años oyendo a ministros, diputados y senadores hablar de lo importante que es para el país la independencia de Magistrados y jueces y cómo los proyectos de reorganización de Tribunales van de comisión en comisión y hasta de aficionado en aficionado y se eclipsan para dar paso a debates bizantinos«.
En otro momento del texto se queja de que «liberados de la labor obstruccionista y negativa de Las Cortes- eliminadas durante la dictadura- pueden acudir directamente a La Gaceta, antiguo BOE, para reformar o implantar a su antojo y no lo hacen».
Indica en otro punto que, en «el Manifiesto de 13 de septiembre de 1923, cuando se instaura la Dictadura, los parlamentarios pretendían poner la justicia al servicio de intereses bastardos e inconfesables y ponerla al servicio de la política«.
El Fiscal General transcribe las palabras de Francisco Silvela cuando decía en el Congreso que «se ha despertado en el ánimo de todos un temor y una desconfianza grande en el orden judicial, puesto exageradamente al servicio del Poder ejecutivo» … «para obtener partidarios y votos dispone el Gabinete de dos únicos y poderosos resortes, los favores de la Administración y los favores de la Justicia. La Justicia tiene dos balanzas, una para los amigos y otra para los enemigos«.
En 1930 se enumeran otros dos grandes defectos de la Justicia en España: Ser cara y lenta.
Los justifica afirmando que «el retardo debe achacarse a las argucias y malas artes de los litigantes. El litigante de mala fe y temerario no repara en medios para estorbar la acción rápida de la justicia».
En cuanto a la independencia de la justicia, en el texto comentado se menciona una frase de Hamilton: «El Judicial es el más débil de todos los poderes y está expuesto continuamente al peligro de ser dominado, intimidado, influido por los otros poderes».
El Fiscal duda de la revolución en la justicia mientras se pueda depurar, seleccionar, trasladar, al personal que debe administrarla. Defiende la inamovilidad del juez. Apartar al Juez mediante traslado era el sistema empleado para influir en las causas.
Nuestra justicia hoy está basada en los mismos principios mantenidos a lo largo de la historia, garantizar un juicio justo. Conlleva que todo escrito es recurrible, revisable.
Nuestra justicia se mueve a través de escritos, sistema lento. Cada escrito se debe transmitir a todas las partes y todas ellas pueden opinar, recurrir.
Para conseguir reformar la justicia, agilizarla, también debe reformarse la función pública. Retribución variable en función de la eficacia del funcionario, poder despedirle, sancionarle, exigirle.
Pero existe un defecto básico, fundamental y que muy pocos perciben. Un sistema judicial idéntico al de hace años, siglos, cuando solo acudían a la justicia los ricos y solo se juzgaba a los delincuentes por vía penal. Ahora debe acudir a la justicia toda persona, institución, colectivo, empresa, que tenga un conflicto por nimio, elemental, intrascendente, que sea. Y la maquinaria es la misma para un proceso irrelevante que para un gran tema que puede modificar nuestras reglas de juego.
Para remediarlo debe acudirse con valentía a nuevos métodos que ya existen en países avanzados y que han aligerado la carga de trabajo en la Justicia.
Se trata de instaurar la «mediación», inducirla, provocarla, implantarla. No se trata de un arbitraje, de aceptar una imposición, son las partes en conflicto que, aconsejadas por un profesional de la mediación, llegan a un acuerdo entre ella, a un punto de encuentro.
En lugar de años, lustros, decenios, de proceso judicial, gasto e intranquilidad, puede llegarse a un acuerdo entre las partes en días, en horas.
La justicia en España no puede asumir todos los conflictos que genera la sociedad, cada vez más sensibilizada por sus derechos, cada vez con mayores conflictos entre administraciones municipales, autonómicas, institucionales.
Hoy podemos mejorar los métodos, pero al final del proceso debe existir un juez que dicte sentencia y es inasumible para una persona el inmenso volumen de trabajo que se genera.
Mediante nuevos métodos, son los propios enfrentados quienes, con el apoyo de profesionales, encuentran la solución al conflicto. Al surgir el acuerdo de entre ellos mismos, es mucho más admisible, aceptable, que una sentencia encorsetada por la ley e impuesta por un juez.
Estamos orgullosos de nuestro país pero somos reacios a cualquier novedad, nos puede el conservadurismo, la tradición, el temor por lo nuevo, por lo desconocido.
Fuente de TenemosNoticias.com: www.eleconomista.es
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