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Economía y Finanzas

El Tribunal Supremo da la razón a Aragón: rechaza instalar placas solares sobre embalses

📅 🕐 18 May 2026🔗 Fuente: eleconomista.es🕑 3 min de lectura
El Tribunal Supremo da la razón a Aragón: rechaza instalar placas solares sobre embalses
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El Tribunal Supremo ha declarado nulo el Real Decreto 662/2024, de 9 de julio aprobado por el Gobierno central por el que se impulsaba la instalación de placas solares flotantes sobre los embalses en España, lo que podía alcanzar al 15% de la superficie de pantanos en Aragón, según las primeras estimaciones realizadas en aquel momento de su aprobación. Hasta la fecha no se ha puesto en marcha ninguna instalación de estas características.

Este nuevo marco legal fue objeto por parte del Gobierno de Aragón de un recurso contencioso-administrativo por no tenerse en cuenta la consulta previa obligatoria. Y ahora el Tribunal Supremo ha tenido en cuenta los argumentos esgrimidos por el Gobierno de Aragón al entender que no se puede omitir la consulta previa obligatoria en la tramitación.

En concreto, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha estimado el motivo del recurso por el que Aragón solicitaba la nulidad de este Real Decreto en el que se establecía el régimen al que ha de estar sometida la instalación de las plantas fotovoltaicas flotantes en los embalses situados en el dominio público hidráulico en las cuencas hidrográficas, cuya gestión corresponde a la Administración General del Estado, y por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril.

De acuerdo con la sentencia, no se puede prescindir del trámite de consulta previa al no tratarse de una norma presupuestaria ni organizativa. En este sentido, señala que en el ámbito estatal puede prescindirse de la previa consulta pública en el caso de que se ejerza la potestad reglamentaria por tramitación urgente, pero matiza que «este no es el caso, pues ni existe declaración de urgencia ni el procedimiento se desarrolló sobre esa base jurídica».

La decisión de Supremo ha sido bien valorada por el Gobierno de Aragón por tener en cuenta los argumentos aportados por los Servicios Jurídicos del Ejecutivo aragonés en los que se ponía el foco precisamente en la obligatoriedad de establecer el trámite de consulta pública previa para la elaboración de disposiciones reglamentarias como esta.

Además, el Tribunal Supremo también ha tenido en cuenta la legitimidad del Ejecutivo autonómico para interponer este recurso judicial, amparado en sus competencias en materia energética y medioambiental, que se cuestionaba desde el Gobierno central.

«Estima todos los argumentos esgrimidos por el Ejecutivo para revertir una decisión política carente de razón», ha afirmado la vicepresidenta del Gobierno de Aragón, Mar Vaquero, tras conocerse la sentencia del Tribunal Supremo.

Vaquero ha añadido que el fallo del Supremo también coincide con una de las recomendaciones aprobadas por unanimidad en el pleno de las Cortes de Aragón como conclusión de la Comisión de Investigación sobre las Energías Renovables, en la que se instaba al Gobierno autonómico a no autorizar la instalación de plantas fotovoltaicas en los embalses de la comunidad ni tampoco en el Plan Energético de Aragón.

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Fuente de TenemosNoticias.com: www.eleconomista.es

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