Habrá suspenso para conocer si Blessd y Dímelo Jara van a la cárcel por presunto secuestro extorsivo: ¿Qué sucedió en la audiencia?

Tras escuchar las posiciones de las defensas de la víctima y de los imputados, del delegado de la Procuraduría General de la Nación y de la Fiscalía en torno a la procedencia de una medida de aseguramiento privativa de la libertad de carácter preventivo contra Blessd y Dímelo Jara, la jueza 17 penal municipal con función de control de garantías aún no tomó una decisión tras las 10 horas de audiencia.
A eso de las 5 de la tarde de este 12 de junio, la togada decidió suspender la audiencia de imposición de medida de aseguramiento que tiene como sujetos procesales imputados a Stiven Mesa Londoño y Santiago Jaramillo Morán, conocidos internacionalmente como Blessd y Dímelo Jara, además de Laura Moreno Restrepo y Julián David Giraldo Arboleda, por el presunto secuestro extorsivo del que habría sido víctima Andrés Felipe Sánchez, el imitador de Ozuna.
La audiencia de este viernes inició a las seis de la mañana, retomando la diligencia que se había interrumpido a las 2 de la tarde del jueves en la cual los cuatro individuos vinculados al proceso fueron imputados por el delito de secuestro extorsivo agravado atenuado.
Desde el inicio de la diligencia y tras el llamado a lista por parte de la jueza, la fiscal Piedad Estela Mendoza Hinojosa fue acreditada con el uso de la palabra para exponer los argumentos en los que sustentaría la solicitud de medida de aseguramiento privativa de la libertad contra Blessd, Dímelo Jara, la abogada Laura Moreno y Julián Giraldo.
Para esta solicitud, la fiscal no solo se remitió a la denuncia realizada por el imitador de Ozuna y que fue revelada en exclusiva por EL TIEMPO, sino que también trajo a colación por su relevancia jurídica un segundo caso que está en curso en contra de Blessd y Dímelo Jara.
Se trata de una denuncia por secuestro, lesiones personales y amenazas de muerte presentada por El Goldo, el mánager del rapero caleño Pirlo, por hechos que habrían tenido lugar en 2024 en una residencia de Las Palmas luego de que Blessd y Pirlo hubieran participado en la grabación del video musical del tema ‘WYA: Yellow’.
En concreto, en la denuncia presentada ante la Fiscalía General de la Nación por los caleños, señalan a Blessd, Dímelo Jara y otros integrantes de su equipo de trabajo, además de varios hombres armados que estaban encapuchados, de haberlos encerrados en uno de los cuartos de la lujosa mansión donde se grabó el videoclip.
En ese cuarto, los denunciantes aseguran haber sido retenidos, golpeados, amenazados; también indican que los habrían despojado de los celulares, los habrían obligado a revelar sus contraseñas para revisar sus teléfonos y además les habrían sacado muestras de sangre.
La sumatoria de las denuncias que están vigentes contra Blessd y Dímelo Jara fueron la base argumental utilizada por la fiscal Mendoza para solicitarle a la jueza 17 penal municipal con función de control de garantías de Medellín que le impusiera medida de aseguramiento privativa de la libertad en centro carcelario a los imputados.
La intervención de la fiscal se extendió por algo más de cuatro horas. Una vez concluida la exposición de los elementos, la jueza le concedió, uno a uno, el uso de la palabra a los defensores de los cuatro imputados.
El primer abogado en tomar la palabra fue Andrés Arango, el defensor de Blessd.
En concreto, el jurista expuso en su intervención que la Fiscalía no presentó ni una sola prueba que permitiera establecer que el cantante fuera el determinador del delito de secuestro extorsivo agravado.
Por su parte, el penalista Santiago Trespalacios, defensor de Dímelo Jara, usó su espacio para exponer que la Fiscalía había construido un caso en torno a una conducta que no se había configurado, señalando que en sus testimonios el imitador de Ozuna no acreditó haber sido secuestrado sino hasta hace pocas semanas, cuatro años después de haber presentado su primera declaración juramentada. Trespalacios apuntó que la conducta correcta a juzgar, tras acreditar la inferencia razonable de que los hechos contrarios a la ley denunciados por el imitador de Ozuna en efecto ocurrieron, es la de constreñimiento ilícito.
Los abogados de Laura Moreno y Julián Giraldo expusieron que sus defendidos tuvieron un papel mínimo en el episodio y que desde 2022 han mostrado disposición absoluta con la administración de justicia.
Todos los abogados coincidieron en solicitarle a la jueza que no se imponga medida de aseguramiento privativa de la libertad contra sus representados, y que, de determinarse una decisión de esa clase, los defensores le pidieron a la togada que fuera una medida de aseguramiento no privativa de la libertad.
Tras concluir todas las intervenciones, a pocos minutos de las 5 de la tarde, la jueza 17 penal municipal con función de control de garantías levantó la audiencia para evaluar todos los elementos probatorios allegados por los abogados de los sujetos procesales sumados a las intervenciones realizadas durante la diligencia.
En ese sentido, la togada emitirá su decisión el próximo martes 16 de junio a las 7 de la mañana.
NICOLÁS TAMAYO ESCALANTE
Periodista de Nación, en Medellín.
Fuente de TenemosNoticias.com: www.eltiempo.com
En la sección: EL TIEMPO.COM -Colombia
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