Una empresa de estética en Barcelona deberá readmitir a una trabajadora y pagarle 7.501 euros (unos 32 millones de pesos) como indemnización, tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que declaró nulo su despido. La compañía había contratado a un detective privado para seguir a la empleada mientras se encontraba de baja médica, alegando que fingía su enfermedad.
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La compañía había contratado a un detective privado para seguir a la empleada Foto:iStock
Investigación durante la baja médica
Según informó ‘Diario Sur’, la trabajadora estaba de baja por dolores en la mano izquierda y la espalda, con prescripción de reposo y rehabilitación. Pese a ello, la empresa decidió investigar sus actividades diarias y contrató a una agencia de detectives para vigilarla.
El informe presentado indicaba que la mujer acudía cada mañana a un bar y que en una ocasión realizó un servicio de manicura a una clienta.
En la carta de despido, la empresa sostuvo que la trabajadora había simulado una enfermedad y violado la buena fe contractual. El documento detallaba que existían pruebas fotográficas y videográficas que demostraban la “habitualidad” de estas acciones. Con base en ese informe, la compañía ejecutó un despido disciplinario por falta muy grave.
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Prueba considerada ilícita
El tribunal determinó que la investigación fue irregular, ya que la supuesta infracción de la trabajadora fue “inducida o provocada” por el propio detective. En la resolución se explica que el investigador organizó una cita de manicura a través de una persona vinculada a su agencia, lo que convierte la actuación en una manipulación de la prueba. Por ello, los magistrados declararon que las imágenes y testimonios carecían de validez legal.
La sentencia también señaló que el detective no presenció directamente los hechos atribuidos a la trabajadora, lo que agrava la falta de fiabilidad del informe. Este elemento fue determinante para que el TSJC concluyera que el despido carecía de justificación objetiva.
Justicia Foto:Justicia
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Vulneración de derechos fundamentales
Durante el proceso, la trabajadora argumentó que la empresa vulneró su derecho a la intimidad y que el despido constituía una represalia por encontrarse en situación de incapacidad temporal. Los jueces aceptaron este planteamiento y calificaron la actuación empresarial como una violación de derechos fundamentales.
El tribunal revocó la sentencia inicial, estimó el recurso de la empleada y ordenó su reincorporación inmediata. Además, la compañía deberá abonarle los salarios dejados de percibir durante el tiempo que duró el litigio, junto con una indemnización de 7.501 euros ($ 32 millones).
*Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de conocimiento público divulgado a medios de comunicación. Además, contó con la revisión de la periodista y un editor.