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Economía y Finanzas

La justicia da la razón a los editores de prensa frente a las tecnológicas respecto a la soberanía de los contenidos digitales

📅 🕐 25 May 2026🔗 Fuente: eleconomista.es🕑 4 min de lectura
La justicia da la razón a los editores de prensa frente a las tecnológicas respecto a la soberanía de los contenidos digitales
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Los editores de prensa han ganado una nueva batalla judicial a las grandes tecnológicas, en este caso en el Tribunal de Luxemburgo. En concreto, la Justicia ha confirmado que los propietarios de las cabeceras online son los dueños de los contenidos digitales que producen sus empresas y, por lo tanto, gozan de plenos poderes para autorizar o prohibir el uso de dichas obras frente a los gigantes estadounidenses de internet. Así lo ha decidido el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al ratificar el derecho exclusivo de estos empresarios sobre las creaciones de sus compañías frente a los prestadores digitales. Además, el fallo confirma que los Estados miembros pueden establecer en sus leyes mecanismos para garantizar la efectividad de dicho derecho.

La sentencia se deriva de un litigio en Italia que confirma la legalidad de las disposiciones de aquel país destinadas a hacer efectivo ese derecho, incluida la posibilidad de fijar una compensación equitativa cuando las plataformas digitales utilicen las publicaciones informativas con autorización.

Según informa Cedro, la referida sentencia introduce límites a la posición dominante de las grandes tecnológicas. «En este sentido, respalda las obligaciones impuestas a las plataformas de negociar con las editoriales sin reducir la visibilidad de los contenidos durante ese proceso, así como de facilitar los datos necesarios para calcular la remuneración, como el tráfico generado por las noticias».

El fallo judicial, según el Tribunal de Luxemburgo, busca contribuir «a un funcionamiento más justo de la libertad y el pluralismo informativo, del mercado de la propiedad intelectual» y también «ayuda a las editoriales a recuperar sus inversiones».

Cedro, entidad privada de base asociativa y naturaleza no lucrativa, valora esta sentencia de forma muy positiva, al señalar que las normas solo son útiles si se aplican de verdad: «No basta con reconocer un derecho sobre el papel; es necesario garantizar que pueda ejercerse en la práctica y que se cumpla el objetivo para el que fue creado».

El litigio se remonta a siete años atrás, en relación con una directiva que establece el derecho de los editores de prensa a autorizar el uso en línea de sus publicaciones por parte de prestadores de servicios de la sociedad de la información y a percibir por ello una remuneración.

La República Italiana, al incorporar ese artículo a su legislación nacional y con el fin de garantizar la efectividad del derecho, impuso a editores y plataformas la obligación de negociar. Además, atribuyó a la Autoridad Garante de las Comunicaciones (AGCOM) la tarea de fijar los criterios de la remuneración, determinarla en caso de desacuerdo y asegurar el cumplimiento de la obligación de información que incumbe a los prestadores, incluso mediante la imposición de sanciones.

En ejercicio de las anteriores facultades, la AGCOM aprobó en 2023 los criterios para determinar la cuantía de la remuneración que deben abonar las plataformas por el uso en línea de contenidos periodísticos. Estos criterios permiten concretar la compensación económica derivada de las licencias concedidas por las editoriales a los prestadores de servicios de la sociedad de la información para la utilización de sus publicaciones.

Meta Platforms Ireland interpuso un recurso ante el Tribunal Regional de lo Contencioso-Administrativo del Lacio (Italia) con el objetivo de lograr la anulación de esta decisión. La compañía estadounidense cuestionaba la compatibilidad tanto de la resolución como de la normativa italiana con el Derecho de la Unión Europea, en particular con la Directiva sobre derechos de autor en el mercado único digital y con la libertad de empresa reconocida en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Además, en un caso de Meta, la AGCOM ordenó el pasado mes de julio a la plataforma estadounidense el pago de 9 millones de euros al grupo editorial GEDI -propietario de La Repubblica, La Stampa e Il Secolo XIX- por el uso de contenidos periodísticos en Facebook. Posteriormente, Meta recurrió ante el TJUE la normativa italiana que obliga a negociar una compensación por el uso en línea de contenidos periodísticos.

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Fuente de TenemosNoticias.com: www.eleconomista.es

En la sección: elEconomista tecnologia

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