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Multas por incumplimiento de sostenibilidad en empresas europeas: directiva CSDDD aprobada

Multas por incumplimiento de sostenibilidad en empresas europeas: directiva CSDDD aprobada

El Parlamento Europeo ha aprobado este miércoles la muy relevante Directiva de Debida Diligencia (Corporate Sustainability Due Diligence Directive, también conocida como CSDDD o CS3D por sus siglas), una norma que prevé multas y sanciones para las grandes empresas que socaven los derechos humanos y el medio ambiente en toda su cadena de valor (lo que abarca cuestiones como la esclavitud, el trabajo infantil, la explotación laboral, la pérdida de biodiversidad, la contaminación y la destrucción del patrimonio natural). Más noticias sobre sostenibilidad en elEconomista ESG.

La luz verde de los eurodiputados llega semanas después de que el Consejo europeo le diese su visto bueno el pasado 15 de marzo. En aquel momento, los Veintisiete tuvieron que limar asperezas y rebajar la ambición del texto inicial, que ahora afecta a menos empresas. Según señalaba recientemente a elEconomista.es Alberto Andreu, profesor de la Universidad de Navarra, esta Directiva será el gran caballo de batalla para las compañías europeas, «porque impone a las empresas que exporten sus marcos de sostenibilidad -especialmente en aspectos de derechos humanos y ambientales- a toda su cadena de valor, aguas arriba y aguas abajo. El coste de gestión de esto es espectacular», advertía. Este acuerdo pionero introduce un marco que obliga a grandes compañías que operan en la Unión Europea a incorporar prácticas sostenibles y procesos de diligencia debida en toda su cadena de suministro.

Tal y como explica Antonio Vives, socio de la consultora de sostenibilidad Cumpetere, esta «versión diluida» que se ha aprobado de la directiva reduce la aplicación a un tercio de las empresas originalmente incluidas, que pasan de 16.400 a 5.500, el 0,05% de las compañías de la UE; sin embargo, Vives matiza que ese 0,05% «no es indicativo del impacto que tienen» las compañías a las que afecta la norma, «sobre todo a nivel de los derechos humanos en los proveedores de países en vías de desarrollo». Por otro lado, en la versión finalmente aprobada «se excluyen empresas con actividades de alto riesgo que estén por debajo de los límites de tamaño», añade este experto en su blog. La normativa ha sufrido grandes cambios hasta ser aprobada en el Parlamento, debido a las reticencias de países como Italia, Francia o Alemania.

Las grandes compañías afectadas por la norma «transmitirán en cascada los requisitos a sus socios y proveedores», explica Giulia Borsa, de QuoVadis

En el lado positivo, el texto aprobado «mantiene el objetivo original de llevar a cabo análisis de diligencia debida en derechos humanos y medio ambiente, en su operaciones, las de sus subsidiarias y las operaciones de sus asociados en la cadena de valor», señala Antonio Vives. También incide este experto en que «lo más importante es que la CSDDD introduce responsabilidades a las empresa por sus impactos en los derechos humanos y el medio ambiente, y que al ser traspuestas a leyes nacionales habrán convertido lo voluntario en obligatorio, que no es poco». Eventualmente, a medida que se vayan adquiriendo experiencias, la Unión Europea, o los mismos países a nivel de sus legislaciones podrán mejorar las disposiciones (de hecho, algunos países ya tienen algunas regulaciones más estrictas), agrega el experto.

La aprobación de este miércoles en la Eurocámara «es un éxito», señala, por su parte, Giulia Borsa, regional team leader de EcoVadis, consultora especializada en sostenibilidad. «Ya no se trata de recomendaciones, sino de obligaciones», añade. Borsa también alude a la dilución que ha sufrido la norma: «Su alcance se ha reducido casi un 70%», al aplicar sólo a ese 0,05% de empresas, lamenta. Tal y como especifica el Parlamento en su página web, la norma afecta a empresas con más de 1.000 empleados y un volumen de negocio mundial superior a 450 millones de euros. Aun así, Borsa también apunta a que afectará indirectamente a muchas más organizaciones a lo largo de las cadenas de suministro de todo el mundo, «ya que las grandes compañías incluidas en el ámbito de aplicación transmitirán en cascada los requisitos a sus socios y proveedores».

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Fuente de TenemosNoticias.com: www.eleconomista.es

Publicado el: 2024-04-24 10:11:40
En la sección: elEconomista Mercados

Publicado en Economía y Finanzas

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