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Leire Díez recurre el acceso a su listado de llamadas y mensajes al entender que es una «injerencia desmesurada» | europapress.es

📅 🕐 hace 57 min🔗 Fuente: europapress.es🕑 4 min de lectura
Leire Díez recurre el acceso a su listado de llamadas y mensajes al entender que es una "injerencia desmesurada"
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Archivo – La exmilitante socialista Leire Díez durante una rueda de prensa, en el Hotel Novotel, a 4 de junio de 2025, en Madrid (España).

– Carlos Luján – Europa Press – Archivo

MADRID 8 Jun. (EUROPA PRESS) –

La exmilitante socialista Leire Díez ha recurrido la decisión del juez de la Audiencia Nacional (AN) Santiago Pedraz de pedir a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que acceda a su listado de llamadas y mensajes de texto durante cinco años, al entender que la medida «vulnera» su derechos a la comunicación y es una «injerencia» que considera «desproporcionada» y «desmesurada».

En un escrito al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de Díez recurre el auto de Pedraz que acordaba esta medida, argumentando que «vulnera» el derecho al secreto de las comunicaciones y las «garantías procesales y legales más elementales», puesto que, dice, se acordó «a raíz de una incautación y acceso a los terminales móviles nula de pleno derecho».

Todo ello en el marco de la investigación del juez Santiago Pedraz sobre presuntos amaños en varios contratos de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que motivó la detención de Díez, el expresidente de la SEPI Vicente Fernández y Antxon Alonso, empresario y administrador de Servinabar, mercantil vinculada al exdirigente socialista Santos Cerdán, en diciembre de 2025.

La abogada de Leire Díez, Eva Bejarano, argumenta que el magistrado reclamó las comunicaciones entrantes y salientes de los móviles de su defendida desde octubre de 2020 hasta diciembre de 2025, cuando los hechos que han motivado la causa «se circunscriben al periodo temporal 2021-2023».

MÓVIL INTERVENIDO «SIN AUTORIZACIÓN JUDICIAL»

«El marco temporal en el que se circunscriben los hechos investigados data del periodo 2021-2023, por lo que el mero hecho de que se haya adoptado una medida de injerencia en el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones de Leire Díez durante un periodo más extenso que aquel no sólo vulnera dicho derecho, sino todo tipo de garantías procesales y legales que deben regir en todo procedimiento penal», aduce.

Ello supone una «injerencia desmesurada y desproporcionada», defiende Bejarano, asegurando que en la intervención de los teléfonos de Díez se cometió «una irregularidad procesal nula», puesto que se llevó a cabo «sin autorización judicial previa y con acceso ilegítimo a su contenido».

La abogada afirma que la UCO incautó el móvil de Díez durante su arresto «sin autorización previa judicial» ni «motivo aparente» más allá de «sospechas subjetivas», por lo que, opina, Díez «difícilmente» pudo «ocultar o destruir cualquier tipo de prueba documental o archivo que conste en su teléfono».

NO HAY «BASE FÁCTICA» PARA AUTORIZAR LA MEDIDA

La letrada carga contra el oficio de la UCO que justificó la medida, que bajo su punto de vista está plagado de «generalidades» y «motivos vagos no acompañados de especificaciones ni puestos en relación con los elementos integrantes de la causa para justificar la necesidad de su acogida para el buen curso de la investigación».

Es por ello que, desde su óptica, «no existe base fáctica objetiva» para autorizar la medida, «pues la UCO no especifica cuáles son los elementos en los que se apoya la creencia de la existencia de comunicaciones de los investigados con otras personas, las cuales tampoco identifica, ni explica por qué tendrían relevancia penal sus intervenciones».

Bejarano apunta contra el «principio de idoneidad» que argumenta el juez en el auto que motivó la decisión, indicando que los hechos que han motivado las diligencias son «la asignación de 21.500 euros con ocasión de la venta de un vehículo», con lo que «se presume una operativa para integrar fondos en su patrimonio encubriendo el origen de los mismos», todo ello «sin olvidar que los concretos delitos que se incoaron en esta causa son malversación, prevaricación, tráfico de influencias y organización criminal».

En marzo de 2026, el juez Pedraz pidió a la UCO que realizara un expurgo del material intervenido en casa de Leire Díez de cara a preservar la información que no tuviera que ver con la causa.

En el marco de una pieza separada incluida en el ‘caso Leire Díez’, el magistrado investiga si la exmilitante socialista coordinó, bajo el supuesto liderazgo del exdirigente del PSOE Santos Cerdán, una presunta trama para obstaculizar procesos judiciales que pudieran afectar al PSOE y al Gobierno.

Fuente de TenemosNoticias.com: www.europapress.es

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