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Noruega confirma mecanismo para revisar inhabilitaciones

Noruega confirma mecanismo para revisar inhabilitaciones

En un documento de dos páginas hecho público por la embajada de Noruega en México, se explica un procedimiento para que el TSJ revise las inhabilitaciones. Sin embargo, no da seguridad que estas medidas inconstitucionales se vayan a revertir.

Caracas. La noche de este jueves, 30 de noviembre, se informó a la opinión pública que los representantes del chavismo y la Plataforma Unitaria que negocian en el marco de los acuerdos de Barbados llegaron a un acuerdo sobre el mecanismo para la revisión de las inhabilitaciones políticas de aspirantes presidenciales.

La información fue dada por la embajada de Noruega, país mediador, en México a través de su cuenta en la red social X (anteriormente Twitter).

Adjunto al mensaje se compartió un documento de dos páginas. En el texto se explica el procedimiento que deben llevar a cabo los políticos inhabilitados para solicitar una reconsideración por parte del Tribunal Supremo de Justicia.

En primer lugar se obliga a la persona inhabilitada a acudir “personalmente” a la sede del TSJ, específicamente a la Sala Político Administrativa para solicitar un recurso contencioso administrativo ante la inhabilitación impuesta, esto acompañado de una solicitud de amparo cautelar.

El segundo aspecto obliga a la persona a acudir entre los días 1 y 15 de diciembre del presente año.

Nuevo lapso

El documento señala que, basándose en los principios de celeridad, eficiencia y eficacia, la Sala se pronunciará sobre la solicitud.

Un punto obligatorio en el acuerdo es que en el documento introducido ante el organismo judicial las personas que soliciten el recurso de amparo no pueden ser “ofensivos o irrespetuosos” con las instituciones del Estado.

El punto que genera más incertidumbre del acuerdo es el punto C del numeral 4. Este apartado señala explícitamente que las partes se comprometen a “acatar en el marco constitucional la decisión del TSJ que emane de este recurso”.

Esto significa que, en caso de que se rechace el recurso, algo posible dado que el acuerdo no establece la seguridad de que no lo será, la persona que permanezca inhabilitada no podría objetar el fallo.

También destaca que, a pesar que se fija una fecha límite para que los políticos inhabilitados introduzcan el recurso (15 de diciembre), no se hace lo mismo con el TSJ. Aunque el documento establece que el proceso se regirá bajo los principios de “celeridad, eficiencia y eficacia”, no hay nada que obligue al cuerpo judicial a emitir una declaración antes de una fecha límite. En teoría el fallo podría extenderse inclusive hasta 2025.

Vacíos y suspicacias

Otro vacío es sobre la continuidad de la postura del TSJ. Es decir, si una persona inhabilitada logra una respuesta favorable ante su recurso de amparo cautelar, no hay nada que prohiba al TSJ reconsiderar su decisión o revertirla, en los días u horas previas a un evento electoral.

Finalmente, el documento no menciona ni especifica que ocurrirá en el ámbito institucional con el CNE, organismo que a pesar de estar al tanto del levantamiento de una inhabilitación política, podría optar por simplemente ignorar la decisión y mantener a la persona con código 7. Esto implicaría mantener la inhabilitación en su sistema, pese a una decisión favorable del TSJ.

Este acuerdo se hizo público horas antes de la medianoche del 30 de noviembre, fecha límite dada por Estados Unidos para que el gobierno de Nicolás Maduro diera señales de dar garantías electorales para una elección presidencial competitiva en 2024.

Diversos voceros de EEUU habían advertido que, en caso de que estas señales no se produjeran, Washington habría anulado las licencias temporales que permiten a Venezuela su reinserción en el mercado petrolero mundial.

Fuente de TenemosNoticias.com: cronica.uno

Publicado el: 2023-12-01 15:16:08
En la sección: Política

Publicado en Política

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