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No se ha respetado el debido proceso en el caso de Roberto Abdul

No se ha respetado el debido proceso en el caso de Roberto Abdul

Roberto Abdul-Hadi Casanova, presidente de la organización Súmate y quien también trabajó en la Comisión Nacional de Primaria (CNP), es el primer detenido tras los anuncios hechos por el fiscal designado por la Constituyente, Tarek William Saab, en una supuesta trama de “conspiración”, luego de la realización del referendo sobre el territorio Esequibo.

Los anuncios de Saab, hechos la tarde del lunes 6 de diciembre durante una rueda de prensa en la sede del Ministerio Público (MP), culminaron horas más tarde con la detención de Abdul.

Durante la conferencia de prensa, Saab acusó a Abdul y a 12 activistas políticos de oposición por los delitos de “conspiración, traición a la patria, legitimación de capitales y asociación para delinquir”; pero hasta este jueves 14 de diciembre, el único que ha sido detenido es el director de la organización Súmate.

Durante su alocución el Fiscal también solicitó órdenes de capturas contra tres miembros del equipo político de la candidata de la Plataforma Unitaria de la oposición, María Corina Machado, quienes se enteraron del proceso que abrió el MP durante una rueda de prensa que ofrecía Machado en Caracas.

Antecedentes de la detención

El pasado 30 de octubre, Abdul-Hadi Casanova fue citado a declarar ante la Fiscalía General, en calidad de “investigado”, junto a otros miembros de la CNP.

Fuentes judiciales indicaron a Efecto Cocuyo que durante el interrogatorio participó el fiscal Tarek William Saab, junto al Director de Delitos Comunes, Director Anticorrupción, Director de Legitimación de Capitales y dos fiscales más.

Durante el interrogatorio los altos funcionarios le preguntaron de manera reiterada a Abdul sobre el origen de los fondos y el financiamiento de las elecciones primarias de la oposición. La respuesta del director de Súmate fue que ese tema no era de su competencia y que no sabía nada al respecto.

Abdul explicó que su participación se limitó al aspecto técnico de la elección.

El ingeniero de profesión permaneció más de 12 horas en la sede de la Fiscalía. “La condición de ‘investigado’ no existe en nuestra legislación. Una persona o es declarante o es imputado en causa penal, por lo que se violan los derechos fundamentales de quienes declaran bajo esa condición”, dice la fuente judicial.

El 6 de diciembre, a las 11 de la mañana, Abdul salió de su residencia con dirección a una tintorería ubicada en la parroquia Candelaria, de Caracas, se topó con su esposa y dos hijas, llegó a la tintorería y luego fue detenido por funcionarios de seguridad del gobierno de Nicolás Maduro.

“Se estima que su detención se produjo cerca de las 11:30 am”, dice la fuente. Mientras todo esto ocurría Saab daba una rueda de prensa en la que acusaba a Abdul y a 12 dirigentes opositores de estar inmersos en un plan de ‘conspiración‘ y por eso hacía solicitud de captura”, detalló la fuente.

 De manera extraoficial se informó que se encontraba en alguna de las dependencias del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) sin que se especificara la sede.

Tras la detención los familiares de Abdul se dirigieron el 7 de diciembre, a las dos sedes de la policía política en Caracas para verificar si el director de la ONG Súmate se encontraba en El Helicoide o Plaza Venezuela.

Fueron a entregarles sus medicamentos

Los familiares de Abdul además de querer verificar la presencia del ingeniero en las sedes del Sebin, también quisieron hacerles llegar sus medicamentos, ya que el hombre padece de una arritmia denominada onda p invertida, por lo que debe tratarse diariamente con los medicamentos Algoren de 10mg y aspirina.

Abdul también padece de vértigo con crisis severas, por lo que debe tomar el medicamento Betahistina de 16 mg y Fludil de 10 mg.

Ese día a Abdul no se le permitió reunirse con su abogado de confianza, tampoco recibió sus medicamentos, ya que en las dos sedes los funcionarios negaron la presencia del detenido.

La fuente judicial señala que el 8 de diciembre, después de transcurrir las 48 horas de su detención, la defensa privada de Abdul llegó a la sede del Juzgado Especial Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional ubicado en Palacio de Justicia de caracas, a los fines de verificar la hora en la que se haría el supuesto traslado.  

En esa oportunidad la defensa quería conocer las supuestas imputaciones en su contra y manifestarle a ese tribunal que el presidente de Súmate tendría defensa privada, según lo establecido en las leyes venezolanas.

A pesar de que ese tribunal era el que conocía la causa, nunca lo notificó a los familiares ni a la defensa de Abdul.

La defensa asumió que la causa del representante de Súmate estaría radicada en el mismo tribunal que conocía la detención del estadounidense Savoi Wright , ya que el fiscal Saab lo vinculó a estos casos en su rueda de prensa.

“Desde el día 7/12/2023 se había solicitado información formal al tribunal y éste dijo desconocer la causa”, dijo la fuente judicial.

Audiencia en El Helicoide

La audiencia de Abdul no se realizó en el Palacio de Justicia, el Tribunal se trasladó a la sede del Sebin El Helicoide y no permitió la defensa privada, como ya lo había pedido la familia del director de Súmate, quienes previamente le habían notificado al propio juez que lleva la causa.

 La defensa de Abdul cayó en manos del abogado público llamado Ower López, defensor número 110.

La fuente señala que más allá de que se esté en presencia de una evidente persecución política que carece de basamento legal y justificación jurídica alguna, ya que “el ingeniero Abdul-Hadid es un hombre honesto, buen padre de familia sin afiliación política alguna y su labor como director de la Asociación Civil Súmate es la de ayudar a construir democracia, educando en la participación electoral dentro del marco del ordenamiento jurídico venezolano vinculado a la materia”.

El informante al que tuvo acceso Efecto Cocuyo señaló que lo descrito anteriormente constituye una flagrante y gravísima violación tanto al ordenamiento jurídico interno como a los tratados y convenios internacionales.

“Debemos comenzar indicando que la desaparición forzada de personas, que consiste en negar la detención o en no indicar dónde se encuentra detenida la misma, es un delito que se encuentra consagrado en tanto en la Constitución como en el Código Penal”, dijo.

Así como lo ha descrito la Misión Internacional Independiente de Determinación de Hechos establecida en Venezuela, la desaparición forzada de personas de corta duración es una constante práctica efectuada por los organismos policiales en el país.

Durante la detención de Abdul también se violó el artículo 44.1.2 de la Constitución que indica que toda persona detenida debe ser puesta a la orden de un tribunal en un lapso no mayor de 48 horas y que tiene derecho a comunicarse con sus familiares y abogados desde el mismo momento de su detención, conocer las causas de la misma y a que éstos sepan dónde se encuentran.

Sin elementos de convicción

La fuente judicial señala que, si bien la calificación que se le da a los hechos informados por el Fiscal son graves, es “imposible” que existan elementos de convicción que comprometan la responsabilidad de Abdul, y califica lo ocurrido como una trama de connotación política sin asidero real alguno.

Señala que no existe riesgo o peligro de fuga alguno y tampoco obstaculización en el adelanto de cualquier investigación que se pretenda llevar a cabo, ya que previamente Abdul acudió al llamado hecho por la Fiscalía el 30 de octubre, y después de eso permaneció en el país junto a su familia.

Otro aspecto a destacar durante la detención a Abdul es la violación al debido proceso, como lo establece el artículo 1 del Código Orgánico Procesal Penal: “Nadie podrá ser condenado sin un juicio previo, oral y público, realizado sin dilaciones indebidas, sin formalismos ni reposiciones inútiles, ante un Juez o Jueza, o tribunal imparcial, conforme a las disposiciones de este Código y con salvaguarda de todos los derechos y garantías del debido proceso, consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República.”

Al ingeniero Roberto Abdul-Hadid Casanova, se le ha negado de manera sistemática su derecho a la defensa y a la asistencia jurídica. No solo porque desde el mismo momento de su detención se le negó la posibilidad de comunicarse con sus abogados de confianza, sino porque incluso en la audiencia realizada frente al juez, se le negó la posibilidad de que designara al abogado de su elección, imponiéndosele un defensor público en lugar de la defensa privada designada por él.

““El trato que ha recibido responde a una inversión a la presunción de inocencia, toda vez que tanto lo expresado por el Fiscal Tarek W. Saab como por Nicolás Maduro, y que se ha reflejado en el comportamiento del tribunal, es el de culpable sin la existencia de juicio alguno, sometiéndolo al escarnio y al desprecio público y asegurándole de antemano una condena sin necesidad de juicio alguno, el cual en todo caso será una simple pantomima o formalidad para guardar las apariencias de un proceso debido y justo que no lo es”, indicó la fuente.

Para el consultado es bien sabido que en Venezuela no existe independencia del poder judicial y que éste se encuentra sometido o busca la complacencia del poder ejecutivo. “El hecho de que no existan jueces de carrera y que la mayoría sean provisorios da cuenta de ello, toda vez que los mismos son de simple nombramiento y remoción, impide la toma de decisiones libremente. Así lo ha entendido incluso el Fiscal de la Corte Penal Internacional cuando afirma que Venezuela ni quiere ni puede adelantar procesos genuinos”, señala.

La información suministrada a Efecto Cocuyo apunta que Abdul no fue presentado de manera oportuna ante el Tribunal y no se cumplieron ni se cumplen las garantías mínimas necesarias para un proceso justo. “Nos lleva a concluir que no existen garantías de ser juzgado ante un tribunal imparcial e independiente”, explica.

Desde que está detenido no lo han visto

Ni los familiares ni los abogado del ingeniero Abdul lo han visto desde que está detenido.

El defensor público de Abdul tampoco ha tenido acceso al expediente, en virtud de que el Ministerio Público solicitó la reserva de las actuaciones de conformidad a los establecido en el artículo 286 del Código Orgánico Procesal Penal (Copp).

Esto vulnera sus derechos toda vez que al estar detenido se cuenta con 45 días continuos para la investigación objetiva que debe realizar el MP, conforme al art. 105 del Copp.

“Si no se tiene acceso al expediente por 15 días prorrogables la defensa prácticamente carece del tiempo necesario para solicitar la práctica de cualquier diligencia que la ayude en su posición y desconoce los supuestos elementos que convicción que existen en su contra. Sin duda, como quiera que se trata de un proceso amañado de persecución política, a pesar de la no militancia política de Abdul, se recurre a esta figura porque en realidad no cuentan con nada en su contra y tampoco quieren permitir que los desenmascaren”, indicó la fuente.

Fuente de TenemosNoticias.com: efectococuyo.com

Publicado el: 2023-12-14 16:48:00
En la sección: Política – Efecto Cocuyo

Publicado en Política

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