Menú Cerrar

Persecución a la disidencia, leyes anti ONG y nuevo CNE: qué hizo la AN en primer periodo legislativo

Persecución a la disidencia, leyes anti ONG y nuevo CNE: qué hizo la AN en primer periodo legislativo



La conformación de alguna comisión especial de diputados que investigue a la oposición y la exigencia al Ministerio Público para que inicie acciones penales ha sido una constante de la Asamblea Nacional (AN) con mayoría del chavismo, desde su instalación en enero de 2021.

Este primer período legislativo de 2023 que culminó 15 de agosto no fue la excepción.

Desde el mes de enero de este año se sancionaron tres leyes (de 11 en total) cuya constitucionalidad ha sido puesta en duda por abogados y organizaciones civiles, además de alertar que sirve, entre otras cosas, como herramienta de «persecución política» contra la disidencia.

Una propuesta para regular a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) no ha pasado de la primera discusión en la plenaria y otro instrumento que también afecta a la sociedad civil (Ley de Cooperación internacional) aprobada por la Comisión de Política Exterior, aún no se eleva a la Cámara.

La AN de 277 diputados aprobó el pasado 15 de agosto declararse en sesión permanente para nombrar al nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE).

La prórroga en la actividad legislativa también pudiera incluir otras materias por lo que el balance de primer período de sesiones promete extenderse un poco más, antes que inicie el segundo período a partir de la segunda quincena de septiembre.

A continuación un repaso de los actos legislativos considerados por expertos como contrarios a la Carta Magna y como instrumentos de persecución contra la dirigencia opositora, especialmente la que participa en el proceso de primarias para escoger al candidato presidencial unitario para 2024:

AN investiga de nuevo a la oposición

El pasado 13 de junio, el Parlamento aprobó un acuerdo para rechazar las palabras del expresidente de Estados Unidos Donald Trump, según las cuales Venezuela estaba a punto del «colapso» cuando culminó su mandato y que pudieron haberse quedado con el petróleo venezolano.

En el acuerdo se ordenó la creación de una comisión especial para investigar «consecuencias» de las acciones de Trump, a través de las sanciones y quienes las apoyaron en el país, en alusión a la oposición venezolana.

La comisión especial quedó presidida por el primer vicepresidente del Parlamento, Pedro Infante (Psuv) e incluye entre otros legisladores, a José Brito, Oscar Ronderos, Alfonso Campos y Juan Carlos Alvarado de la Alianza Democrática.

En un primer informe que presentó el grupo de diputados el 20 de julio en la plenaria, se señaló directamente a los opositores Juan Guaidó, David Smolansky, Freddy Guevara, Yon Goicoechea, Leopoldo López, Henry Ramos Allup, Tomás Guanipa, Carlos Vecchio, Antonio Ledezma, Elías Matta, Miguel Pizarro, Gustavo Marcano, Juan Pablo Guanipa, Williams Dávila, José Guerra, Luis Palacios, María Corina Machado, Freddy Superlano y Henrique Capriles (estos tres últimos candidatos a las primarias) de apoyar las sanciones, por lo que en consecuencia «deben ser castigados».

¿Por qué el chavismo quiere castigar a la oposición?

Se advirtió que la «lista (de opositores) es más larga» y que incluye además a abogados y exfuncionarios del gobierno interino de Guaidó, entre ellos Gustavo Tarre Briceño, José Ignacio Hernández, el exdirector de Globovisión, Alberto Federico Ravell y Horacio Medina.

Entre los «delitos» en los que supuestamente incurrieron los opositores señalados, de acuerdo con Infante, están traición a la patria, usurpación de funciones, asociación para delinquir, terrorismo y otros previstos en las nuevas leyes de Extinción de Dominio y Protección de Activos.

Indicó además que cometieron «crímenes de lesa humanidad» al «pedir» sanciones que afectaron la inversión de recursos en áreas como la salud, de violar la Carta de Naciones Unidas y la Convención de Viena.

La Comisión a la que se le dio un mes de prórroga desde el 20 de julio, continúa trabajando en un informe final, por lo que podría solicitar a la plenaria una nueva extensión.

Tras una reunión en el Palacio Legislativo 16 de agosto, se informó que en el documento sería incorporado un capítulo sobre lo ocurrido con la empresa colombo venezolana Monómeros, con sede en Barranquilla, durante el gobierno interino.

Dicho grupo parece la reedición de una comisión especial creada en 2021, dirigida por Brito para investigar supuestos hechos de corrupción durante la gestión del Parlamento de mayoría opositora para el período 2016-2020.

La instancia presentó un informe final en marzo de 2022 ante la plenaria que incluyó el envío de comunicaciones a la Fiscalía y Contraloría General para que tomaran medidas penales y administrativas contra dirigentes opositores como Guaidó y el gobernador del Zulia Manuel Rosales, medidas que no se han consumado hasta ahora.

¿Cuáles son las leyes contrarias a la Constitución?

Las leyes Orgánica de Extinción de Dominio (sancionada el 27 de abril) y Para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero (aprobada el 16 de mayo), más allá de lo que regulan también son consideradas como instrumentos contra la disidencia política.

La Ley Orgánica de Extinción de Dominio surgió en medio de un escándalo de corrupción en Petróleos de Venezuela (Pdvsa) para confiscar bienes producto de actividades delictivas de manera expedita, sin esperar una condena contra el acusado.

El chavismo calculó en 10.000 los bienes y activos identificados con hechos ilícitos en el país, en los que también incluye los provenientes de las actividades ilegales que el chavismo considera que cometió la oposición.

Juristas como Fernando Fernández, consultado por Efecto Cocuyo Román Duque Corredor dudaron de la constitucionalidad de la normativa por considerarla una «confiscación disfrazada» que atenta contra la propiedad privada y que prohíbe la Carta Magna en su artículo 116, salvo que la extinción de dominio se produzca luego de una sentencia firme en un juicio.

También alertaron que los efectos retroactivos, al pretender abarcar bienes «robados» durante la gestión de la AN de 2015, encabezada por Guaidó, contradice el artículo 24 constitucional que señala que ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto cuando imponga menor pena.

Exfuncionarios del interinato en la mira

En cuanto a la Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, tiene el propósito de «castigar» el manejo de activos en el exterior por parte de la AN de 2015, administración que se amparó en las sanciones internacionales contra el gobierno de Maduro y en el reconocimiento al Parlamento de mayoría opositora por parte de gobiernos como el de Estados Unidos y los países de la Unión Europea.

Para el director de la ONG Acceso a la Justicia, Alí Daniels, el instrumento legal que trabajó una comisión especial dirigida por Diosdado Cabello, está dirigido a aumentar la persecución interna contra la dirigencia de oposición puesto que por ser legislación nacional no afecta los procesos judiciales que involucran a activos venezolanos en el exterior y que están en desarrollo, como el juicio por el oro en Inglaterra.

El artículo 13 sanciona con pena de 15 a 20 años de prisión a quienes participen directa o indirectamente en negociaciones, ofertas, acuerdos, compromisos o actos de enajenación o disposición sobre cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero, realizados por quienes se atribuyan de manera “ilegal” la representación del país en el exterior. Con ello se tendría en la mira a los exprocuradores especiales designados por Guaidó.

¿Qué pasó con leyes anti ONG?

El 24 de enero se aprobó en primera discusión la Ley para la Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) en Venezuela, denunciada por las organizaciones civiles por atentar contra la lucha por los derechos humanos en Venezuela, poner en peligro el recibimiento de ayuda humanitaria y violar el artículo 52 constitucional que consagra el derecho de asociarse con fines lícitos de conformidad con la ley. 

Entre los supuestos para que un juzgado pueda mediante sentencia firme ordenar la disolución definitiva de una ONG son, según el artículo 15: Recibir aportes destinados a organizaciones con fines políticos; realizar actividades políticas; promover o permitir actuaciones que atenten contra la estabilidad nacional y las instituciones de la República; cualquier otro acto prohibido en la legislación venezolana.

El 4 de marzo, la diputada de 2020 (Psuv), Carmen Zerpa, integrante de la Comisión de Política Interior, comentó a Efecto Cocuyo que se había elaborado un cronograma nacional de consulta de la ley, requisito para ser sometida a segunda discusión en la plenaria, sin precisar fechas. Se desconoce si se ha ejecutado hasta ahora.

Miguel González Marregot, del Instituto de Estudios Parlamentarios Fermin Toro, considera que las prioridades para el chavismo pudieron haber cambiado a raíz del escándalo de corrupción en Pdvsa, por lo que la «cruzada anticorrupción» y la aprobación y revisión de leyes relacionadas, como la Extinción de Dominio, era más urgente que otras materias.

El experto en políticas públicas advirtió que ello no significa que no serán retomadas por el Psuv en la AN cuando lo estime conveniente.

ONG alertaron sobre arremetida contra el espacio cívico en Venezuela (Mairet Chourio) Credit: Mairet Chourio | @mairetchourio

Ley de Participación Estudiantil

Otro texto legal con posibles implicaciones para las ONG es la Ley de Cooperación Internacional que no ha salido de la Comisión de Política Exterior, pese a que ya fue aprobada en segunda discusión.

Un borrador de la ley que se filtró a los medios señala en su artículo 26 que «serán sometidas a evaluación a los fines de su prohibición, suspensión, restricción o eliminación definitiva todas aquellas ONG, fundaciones o asociaciones sin fines de lucro, públicas o privadas, que realicen actividades de cooperación internacional en el territorio de Venezuela» y que de alguna manera promuevan la aplicación de sanciones internacionales.

Otro instrumento legal que se considera viola el derecho a la libre asociación previsto en el artículo 52 constitucional es la Ley de Participación Estudiantil en el Subsistema de Educación Básica, sancionada en febrero de 2023.

El instrumento promueve formas de organización estudiantil dentro de los planteles tales como los Consejos Estudiantiles y contempla el ejercicio de la contraloría sobre la gestión educativa por parte del alumnado organizado, entre otros aspectos.

«Viola abiertamente el derecho a la libre asociación y participación al establecer como derecho una forma de organización -consejos estudiantiles- por encima de cualquier forma de organización del movimiento estudiantil, obligando al estudiantado de educación media a alinearse en torno a organizaciones promovidas desde el Gobierno nacional», sostuvo entonces la Federación Nacional de Sociedades de Padres y Representantes (Fenasopadres) mediante un comunicado.

Fuente de TenemosNoticias.com: efectococuyo.com

Publicado el: 2023-08-20 09:00:00
En la sección: Política – Efecto Cocuyo

Publicado en Política