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TSJ mantiene intervención de Primero Justicia y devuelve control a José Brito

TSJ mantiene intervención de Primero Justicia y devuelve control a José Brito

Tras un limbo legal que se extendió durante casi cuatro años, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidió mantener la intervención del partido Primero Justicia y devolverle el control al diputado de la Asamblea Nacional (AN) de 2020 y disidente de dicha tolda, José Brito.

Este lunes 22 de abril, fue publicada en la página web del máximo tribunal del país el dispositivo de la sentencia 0207 con ponencia de la magistrada Lourdes Suárez Anderson, en la que se designa una junta directiva ad hoc  para que lleve adelante un proceso “de reestructuración necesario de la Organización con fines políticos “Movimiento Primero Justicia”, presidida por el ciudadano José Dionisio Brito y que estará además conformada por un Coordinador Nacional Adjunto, un Secretario General, un Secretario General Adjunto y un Secretario de Organización”.

De esta forma, el también candidato presidencial por Primero Venezuela (tolda con colores similares a PJ) podrá utilizar la tarjeta electoral, el logo, símbolos, emblemas, colores y cualquier otro concepto propio de PJ. También, de acuerdo con la sentencia, queda facultado para designar autoridades regionales, municipales y locales y modificar los estatutos de la organización.

El 16 junio de 2020, previo a las elecciones parlamentarias, el TSJ declaró la intervención de la tolda aurinegra e impuso a Brito coordinador nacional, desplazando la autoridad de Julio Borges.

 Pero en septiembre de ese mismo año suspendió la medida, en medio de negociaciones políticas con el gobierno, para que la oposición participara en dichos comicios en las que intervinieron Henrique Capriles y Stalin González, pero el máximo tribunal no especificó en manos de quién quedaban los símbolos y la tarjeta electoral.

La tarjeta no fue incluida en los comicios parlamentarios ni en las regionales de 2021.

Orden al CNE

La sentencia igualmente ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) “de manera provisoria, abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada conforme a los procedimientos de rigor, por la Junta Directiva Ad Hoc”. Además, prohíbe enajenar y gravar sobre los bienes de PJ cuya administración pasa a manos de la junta directiva ad hoc.

El fallo responde a un recurso que introdujo Brito, junto a Conrado Pérez, el pasado 15 de marzo de 2024, ante el TSJ para que se aclarara el estatus legal de PJ.

«Quedó en un limbo jurídico, la verdad es que quedó en el aire y queremos determinar si eso sigue así o si esa tarjeta está facultada para postular y de ser así, quiénes son los facultados para postular (…) Hay que definir quién puede usar la tarjeta electoral de Primero Justicia para postular a las presidenciales de 2024″, declaró entonces Brito.

El período de registro de partidos políticos para las presidenciales del 28 de julio ya pasó, así como el período de postulaciones de candidaturas, por lo que la tarjeta de PJ, confiscada a sus autoridades naturales, tampoco aparecerá en los comicios de este año, pero con opción para las parlamentarias y regionales que deben celebrarse en 2025.

Fuente de TenemosNoticias.com: efectococuyo.com

Publicado el: 2024-04-22 11:45:28
En la sección: Política – Efecto Cocuyo

Publicado en Política

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