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José Brito debe aclarar cuál derecho le lesionaron

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El abogado Jesús Ollarves aseguró este lunes, 30 de octubre, que el diputado de la Asamblea Nacional oficialista José Brito debe aclarar frente a la opinión pública cuál derecho le lesionaron para haber solicitado una medida cautelar contra los resultados de la elección primaria del 22 de octubre.

El jurista argumentó esta pregunta con el hecho de que un «recurso contencioso electoral puede ser interpuesto por personas naturales o jurídicas que tengan interés legítimo o detenten un derecho subjetivo para impugnar los actos, actuaciones u omisiones emanadas del ente electoral. Siendo opcional el agotamiento de la vía administrativa».

La mañana de este lunes la Sala Tribunal Supremo de Justicia (TSJadmitió el recurso presentado por el diputado chavista José Brito y ordenó suspender «todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primaria (CNP)».

TSJ admite amparo de José Brito para desconocer resultados de la Primaria

En este sentido, Ollarves cuestionó el derecho constitucional amenazado para otorgar una medida cautelar pues indicó que el argumento de la sentencia 122 del TSJ es «la admisión de un recurso para la revisión de irregularidades del proceso interno opositor en el que resultó ganadora María Corina Machado con más de 2,25 millones de votos».

Insistió que el problema de fondo con esta acción judicial es que resulta artificial y debilita las garantías electorales en medio de un acuerdo político como el de Barbados.

A juicio del abogado, se irrespeta el derecho de cada actor político de seleccionar su candidato para la elección presidencial de forma libre y conforme a sus mecanismos internos.

Intervención del TSJ en procesos internos

Aunque el legislador especificó las atribuciones de la Sala Electoral en virtud de los ordinales 45 y 46 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, la Sala Electoral en su sentencia Nº 77 del 27-05-2004 amplió su competencia. Por ello, interpretando de forma extensiva, la norma interviene en recursos que se interpongan, por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad, contra actos de naturaleza electoral emanados de sindicatos, organizaciones gremiales, colegios profesionales u organizaciones de la sociedad civil.

María Corina Machado inhabilitada

Sobre la inhabilitación de María Corina Machado, el abogado no le encontró explicación jurídica. Lamentó que en Venezuela «la inhabilitación política se haya convertido en un mecanismo fraudulento que utiliza el oficialismo para apartar a sus adversarios políticos o potenciales competidores».

Esta acción irrespeta el derecho a la defensa y derecho constitucional a la participación política, concluyó el jurista.

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Redacción El PitazoPolítica

Redacción El PitazoPolítica

Fuente de TenemosNoticias.com: elpitazo.net

Publicado el: 2023-10-30 22:13:12
En la sección: Política – El Pitazo

Publicado en Política