La Dian puso en marcha una herramienta digital llamada declaración de renta sugerida para facilitar el proceso de presentación del impuesto de personas naturales por el año gravable 2024 (declaración 2025). Es un borrador prellenado con información reportada por terceros —bancos, empleadores y otros— que el contribuyente debe revisar y confirmar antes de presentar oficialmente.
LEA TAMBIÉN
¿De qué se trata?
La declaración sugerida funciona como un punto de partida: la Dian reúne la información exógena que le entregan terceros (retenciones, intereses, aportes, etc.) y la incorpora en un borrador.
La Dian cuenta con una multa mínima. Foto:iStock
El contribuyente puede usar ese borrador, ajustarlo si faltan datos o corregir errores, y luego presentarlo como su declaración de renta. No reemplaza la responsabilidad del contribuyente de verificar la información.
¿Quiénes pueden encontrar una declaración sugerida en su perfil?
No todos los contribuyentes tendrán este borrador. La Dian lo habilita solo cuando dispone de información suficiente y estructurada sobre la persona.
Para que aparezca, el usuario debe estar inscrito en el RUT y tener activa su cuenta en el portal transaccional (usuario y firma electrónica). Lo verán principalmente quienes tuvieron movimientos o reportes por parte de terceros que la Dian pueda consolidar.
Remate. Foto:Istock
¿Cuándo está obligado a declarar?
Para la declaración del año gravable 2024 (presentación en 2025) estarán obligadas a declarar las personas naturales que durante 2024 cumplieron al menos una de estas condiciones: patrimonio bruto igual o superior a 4.500 UVT (equivalente a $211.792.500), ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT (es decir $65.891.000), consumos con tarjeta de crédito por ese mismo monto, compras y consumos totales superiores a 1.400 UVT, o consignaciones y movimientos bancarios que sumen igual o más de 1.400 UVT.
LEA TAMBIÉN
La Dian estableció que los vencimientos para las personas naturales comenzaron desde el 12 de agosto y se extienden hasta el 24 de octubre de este año, con fechas específicas según los dos últimos dígitos del NIT. Es decir: si la Dian le muestra una declaración sugerida, ese borrador no elimina ni amplía los plazos —usted debe presentarla en la fecha que le corresponda según el calendario oficial.
La declaración sugerida puede ahorrar tiempo, pero contiene datos reportados por terceros que a veces están incompletos o mal clasificados.
El calendario para la declaración de renta de personas naturales arrancará el 12 de agosto. Foto:Montaje a partir de Istock
Si usted acepta y presenta el borrador sin verificarlo, puede terminar aceptando errores (por ejemplo, ingresos mal imputados o descuentos no aplicados) y así quedar expuesto a correcciones, sanciones o a pagar más impuestos del debido.
La Dian ha recordado que la obligación final de la declaración es del contribuyente.
No presentar la declaración en el plazo o hacerlo con errores puede generar multas y cargos por intereses de mora. Las sanciones varían según el caso (extemporaneidad, inexactitud, falta de pago) y se calculan con base en normas tributarias vigentes; por eso es importante ceñirse al calendario y conservar la documentación de soporte. La Dian ha publicado detalles sobre vencimientos y sanciones en sus comunicados y calendario.
¿Cómo puede acceder y qué debe revisar?
Para acceder a la declaración sugerida ingrese al portal de la Dian con su usuario y la firma electrónica asociada a su cuenta. Una vez dentro, busque la opción que aparece como “Declaración sugerida” o el enlace directo desde su perfil: la plataforma mostrará, si está disponible, el borrador que la entidad preparó con la información reportada por terceros.
Contingencia de la Dian. Foto:Fotomontaje a partir de imágenes de iStock y Dian
Revise el borrador con calma: contraste los ingresos, las retenciones y los aportes que aparecen en pantalla con sus propios comprobantes —certificado de ingresos y retenciones, extractos bancarios, certificaciones de fondos de pensiones y cualquier otro soporte— y verifique los bienes y saldos que la Dian haya consignado como patrimonio. Es clave comprobar que los valores y las clasificaciones coincidan con sus documentos.
LEA TAMBIÉN
Si detecta errores u omisiones, corríjalos o complételos directamente en el borrador: la herramienta permite editar los campos antes de presentar la declaración. No acepte el documento sin antes ajustar lo que haga falta.
Cuando todo cuadre y esté conforme con la información, firme electrónicamente el formulario y presente la declaración dentro del plazo que le corresponda según su NIT. Guardar copias de los soportes usados para la verificación le permitirá responder con rapidez ante cualquier requerimiento posterior.
¿Y si no aparece la declaración sugerida?
Que la Dian no muestre un borrador no significa que usted esté exento de declarar. Debe revisar si cumple los umbrales mencionados (patrimonio, ingresos, consignaciones, consumos) y, si corresponde, preparar y presentar la declaración por cuenta propia o con asistencia de un contador.