El vacío legal que define quién paga por un inmueble en negociación destruido tras el doblete sísmico

Lapatilla
El traspaso de la posesión de un inmueble y la firma de acuerdos previos antes del doblete sísmico definen el destino de los fondos de quienes negociaban una vivienda. Abogados señalan que, si el comprador ya había asumido la posesión antes del siniestro, la legislación venezolana le obliga a pagar el dinero restante al vendedor, aunque la estructura se haya desplomado por completo. Por el contrario, si la posesión no se había materializado o la negociación permanecía como una reserva preliminar, el vendedor debe devolver la inicial por la pérdida del bien.
El abogado Enrique Herrera explicó que la legislación venezolana contemplaba reglas en los artículos 1.161, 1.344, 1.203 y 1.738 del Código Civil para determinar la responsabilidad de las partes en los contratos afectados por eventos de fuerza mayor o casos fortuitos.
Por su parte, el abogado Marco Dem señaló que, conforme al artículo 1.161 del Código Civil, la propiedad se transmitía por el consentimiento de las partes, sin que fuera indispensable la firma del documento definitivo en el registro inmobiliario o la entrega física de la estructura para que se configurara la venta.
Los especialistas ?señalaron que si las partes ya habían manifestado su consentimiento definitivo para vender y comprar —incluso si no se había firmado ante el registro y el pago era parcial—, el comprador ya era el dueño del inmueble ante la ley.
Bajo este escenario, el comprador debía continuar pagando las cuotas pendientes al vendedor y no tenía derecho a reclamar reembolsos por la inicial.
La abogada Cora Farías sostuvo que la posesión del inmueble fue la manifestación de que la operación se concretó: «Al destruirse el inmueble, el comprador le debe al vendedor el dinero previamente acordado».
La experta comparó la situación a la de una venta con garantía hipotecaria, en la que el deudor se mantenía obligado a pagar las cuotas al banco a pesar de la pérdida física de la estructura.
Para seguir leyendo, clic AQUÍ.
Fuente de TenemosNoticias.com: lapatilla.com
En la sección: Economía Archives – LaPatilla.com
También te puede interesar




