Menú Cerrar

Así se votará en la primaria opositora: qué dice el reglamento

Primarias opositoras serán el 22 de octubre de 2023

Aunque el reglamento de la primaria opositora no responde la duda sobre si la elección del candidato presidencial opositor se hará de forma manual o automatizada, ya que la Comisión Nacional de Primaria (CNP) espera la respuesta del Consejo Nacional Electoral (CNE), describe cómo será el proceso de votación en ambos escenarios.

La normativa incorpora una figura novedosa denominada “Monitor del Centro de Votación” que es distinta al ya conocido coordinador del centro de votación.

Aquí te explicamos las claves más importantes del Reglamento sobre Actos Electorales en la Elección Primaria de 2023:

¿Cómo votar en la primaria opositora?

1️⃣  Sistema Electoral (artículo 5). Cada elector que participe la elección primaria votará por el nombre y el apellido del candidato o candidata de su preferencia. El sistema previsto para el funcionamiento de la Mesa Electoral y el acto de votación podrá ser automatizado o manual, según lo determine la Comisión Nacional de Primaria.

De usarse el sistema automatizado podrá utilizarse excepcionalmente el sistema manual en una o más mesas electorales, conforme a las especificaciones que se establezcan en el Instructivo de funcionamiento de la Mesa Electoral.

2️⃣ Centros de votación (artículo 6). La determinación del número y la ubicación de los centros de votación, su conformación y nucleación, así como el número de mesas electorales serán establecidos y publicados de acuerdo con el cronograma electoral.

La Comisión Nacional de Primaria (CNP) solicitó al CNE solicitó la autorización para hacer uso de aproximadamente 5.000 centros (sedes de escuelas o liceos) en todo el territorio nacional.

Pero el Poder Electoral respondió que “al no participar en la organización logística y técnica de la elección, la gestión de los centros de votación debe realizarse ante el Ministerio de Educación”.

No obstante, la CNP reiteró sus peticiones al órgano comicial el pasado 28 de abril y espera una nueva respuesta que podría producirse esta semana.

3️⃣ Monitor del Centro de Votación (artículo 8). En cada centro de votación se designará un Monitor, quien será un elector postulado por la sociedad civil, sin militancia o activismo en ninguna organización con fines políticos, seleccionado, designado y acreditado por la Comisión Nacional de Primaria.

El Monitor tendrá la responsabilidad de transmitir los resultados de cada una de las mesas del centro de votación asignado al sistema de totalización nacional. No tiene potestad de tomar decisiones sobre el funcionamiento del proceso electoral en las mesas o en el centro de votación.

4️⃣ Conformación de las Mesas Electorales (artículo 10). La Mesa Electoral estará conformada por tres (3) miembros: un presidente o presidenta, un secretario o secretaria y un miembro principal, con sus respectivos suplentes designados por la Junta Regional respectiva.

Los integrantes de las Mesas Electorales serán seleccionados a partir de una lista de elegibles elaborada por la Comisión Nacional de Primaria. La ausencia de los miembros principales será reemplazada por los miembros suplentes, en el orden estricto al que fueron designados.

El artículo 11 establece las obligaciones de los miembros de mesa, entre las que destacan verificar las credenciales de los testigos y velar por el secreto del voto e impedir la coacción durante el ejercicio del voto.

5️⃣ Secreto del voto (artículo 22). Los miembros de la Mesa Electoral garantizarán a los electores el libre ejercicio del voto, frente a cualquier coacción, intimidación o soborno.

6️⃣ Horario de Votación (artículo 23). Constituida la Mesa Electoral, su presidenta o presidente anunciará en voz alta el inicio del acto de votación de la Elección Primaria que se iniciará a las 8:00 a.m. y se cerrará a las 4:00 p.m., salvo que haya electores esperando en cola.

Por causas justificadas, la Comisión Nacional de Primaria podrá prorrogar el lapso de votación.

Voto en el exterior

7️⃣ Del ejercicio del voto en el exterior (artículo 24). Los electores residenciados fuera del territorio nacional podrán sufragar en el exterior, en la respectiva Mesa Electoral, según la actualización en el Registro Electoral aprobado por la Comisión Nacional de Primaria. La votación en el exterior será bajo el sistema manual.

8️⃣ Ejercicio del sufragio (artículo 26). Los electores ejercerán por una sola vez su derecho al sufragio en la Elección Primaria. Los miembros de la Mesa Electoral requerirán al elector su cédula de identidad laminada, aun cuando esté vencida, como único documento válido para el ejercicio del derecho al sufragio.

El elector que vota en el exterior presentará su cédula de identidad laminada, vigente o no, o a falta de esta, su pasaporte venezolano original, vigente o no, siempre que conste el número de cédula de identidad del elector, como documento válido para el ejercicio del derecho al sufragio.

9️⃣ De las contingencias durante el acto de votación (artículo 31). Las contingencias durante el acto de votación se atenderán de conformidad con lo previsto en el Instructivo de Funcionamiento de la Mesa Electoral aprobado por la Comisión Nacional de Primaria.

Una de las incidencias que destacan en la normativa es la votación manual de contingencia (artículo 32). Será autorizada por la Comisión Nacional de Primaria, a través de la certificación de la Junta Regional respectiva, en caso de que en una mesa electoral la máquina de votación o cualquiera de sus componentes no funcionen adecuadamente, y no se logre su sustitución, sea desde el inicio del acto de votación o en el transcurso del mismo.

El acto de votación manual de contingencia se atenderá de conformidad con lo previsto en el Instructivo de Funcionamiento de la Mesa Electoral.

Cuándo es voto nulo

🔟 Nulidad del voto automatizado (artículo 42). En la Mesa Electoral con sistema automatizado será nulo el voto cuando:

A. El elector no seleccione candidato alguno o candidata alguna.

B. Caduque el tiempo previsto para ejercer su derecho.

El voto manual será nulo el voto cuando en la votación manual:

A. El elector marque fuera de la opción o marque de tal manera que sea imposible determinar la intención del voto.

B. No aparezca marcada ninguna opción en la boleta electoral.

C. La boleta electoral se encuentre mutilada o destruida con pérdida de sus datos esenciales impidiendo la determinación de la intención de voto del elector.

D. Cuando el elector seleccione dos o más candidatos.

Para leer el reglamento completo te recomendamos dar clic aquí:

Fuente de TenemosNoticias.com: efectococuyo.com

Publicado el: 2023-05-08 14:48:04
En la sección: Política – Efecto Cocuyo

Publicado en Política