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Nuevo CNE: qué pasará con los rectores Picón y Márquez

Nuevo CNE: qué pasará con los rectores Picón y Márquez

Tras la renuncia del presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), un rector principal y sus respectivos suplentes, la Asamblea Nacional avanza hacia la designación desde cero de nuevos representantes del Poder Electoral. Pero dos rectores principales del CNE no ligados al chavismo —Roberto Picón y Enrique Márquez— todavía no han presentado sus renuncias. ¿Qué pasará con ellos?  

1. ¿Qué dijo el chavismo?

En sus intervenciones y declaraciones, diputados de la Asamblea Nacional (AN) de 2020 y voceros del chavismo evitaron mencionar los nombres de Picón y Márquez.

En su sesión ordinaria del 15 de junio, la AN aceptó las renuncias del presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Pedro Calzadilla; del rector principal Alexis Corredor, y de los suplentes Carlos Quintero, Gustavo Vizcaíno, Saúl Bernal, Leonel Párica, Rafael Chacón y Francisco Garcés.

Aunque Enrique Márquez y Roberto Picón aún no han renunciado públicamente a sus cargos, el presidente de la AN, Jorge Rodríguez, llamó a designar de manera urgente cinco rectores principales y 10 suplentes. 

«No dicen nada sobre los dos rectores (Roberto Picón y Enrique Márquez) y sus respectivos suplentes, que hay uno de ellos que está incorporado a la Comisión de Registro civil y electoral, Conrado Pérez. Lo que ocurre es que hay una destitución de hecho porque no hay una falta absoluta, ya que ellos no han renunciado», explicó Nélida Sánchez, coordinadora nacional de contraloría electoral de la asociación civil Súmate, a Efecto Cocuyo.

Sin embargo, la AN ya inició el proceso para la designación de un nuevo CNE con la conformación de la Comisión Preliminar del Comité de Postulaciones Electorales.

Los rectores que renunciaron anunciaron su decisión el 15 de junio | Foto: Mairet Chourio

2. ¿Qué dicen Márquez y Picón?

Hasta este 17 de junio, ninguno de los dos rectores se había pronunciado.

Márquez respondió a periodistas que está evaluando su situación y emitirá una declaración pública el próximo lunes 19 de junio. Picón, por su parte, no ha respondido a las consultas. 

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3. ¿Qué establece la Ley del Poder Electoral? 

En su artículo 12, la Ley Orgánica del Poder Electoral establece que la renuncia de un rector aceptada por la Asamblea Nacional constituye una ausencia absoluta.

Cuando existe una falta absoluta del rector o rectora y sus suplentes, la AN debe hacer la designación del rector principal y sus suplentes de la lista de seleccionados que le fue presentada por el Comité de Postulaciones, tomando en cuenta el orden correspondiente.

«No existe la falta absoluta de todos los rectores, solo existe falta absoluta de los tres rectores y sus suplentes respectivos. Por lo tanto, allí lo que aplica es, conforme a lo que establece la Ley Orgánica del Poder Electoral, designar a partir de la lista de elegibles del 2021», expresó Nélida Sánchez.

Según el artículo 31 de la Lope, la Asamblea Nacional también puede remover a los rectores y rectoras principales siempre que cuente con el voto favorable de por lo menos las dos terceras partes de sus integrantes, previo pronunciamiento de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. 

Además del previo pronunciamiento del TSJ, para poder remover a un rector debe haber una de las causales expuestas en el artículo 32 de la Lope: quedar sujeto a interdicción o inhabilitación política; adscribirse directa o indirectamente a organizaciones con fines políticos y recibir directa o indirectamente beneficios de cualquier tipo de persona u organización que comprometa su independencia.

Una última causa de remoción es haber sido condenado penalmente con sentencia definitivamente por delitos dolosos, o haber sido declarado responsable administrativamente por decisión firme de la Contraloría General de la República.

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4. ¿Qué opciones tienen, según especialistas? 

Para Nélida Sánchez, a partir de las declaraciones de los propios rectores salientes y voceros de la Asamblea Nacional, todo indica que se busca conformar un nuevo CNE con representación de los diversos sectores políticos: el oficialismo, la oposición representada en la Plataforma Unitaria y la Alianza Democrática.

A juicio de la vocera de Súmate, esto representaría una mayor partidización del órgano electoral y evidenciaría aún más que en el país no hay independencia de poderes y hay una mayor pérdida de la institucionalidad.

«Estamos frente a una ilegalidad muy alta, una violación a la autonomía funcional e independencia del órgano electoral y una violación a los principios por los cuales deben regirse el órgano electoral y la designación de los rectores que lo integran, porque el artículo 296 de la Constitución es claro: dice que el CNE está integrado por cinco rectores quienes no tendrán ningún tipo de filiación partidista», añade.

¿Pero qué opciones tienen Márquez y Picón? Según Sánchez, ambos los rectores viven una violación a sus derechos constitucionales y pudieran dejar constancia ante otras instancias.  

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«Ellos deberían recurrir ambos a la Sala Constitucional (del TSJ) porque ahí, de acuerdo con la Constitución, se están violando la Constitución y la ley. Es una destitución de hecho, mas no de derecho, porque para eso hay un procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Poder Electoral, como que hagan una falta grave o que se les abran procedimientos, porque son funcionarios de altos cargos», explicó la experta. 

Otros analistas, como el periodista electoral Eugenio Martínez, plantean que si los rectores Roberto Picón y Enrique Márquez quieren permanecer en el CNE, también tendrán que poner sus cargos a la orden para que eventualmente puedan ser considerados como potenciales rectores.

«Si no lo hacen, el TSJ encontrará el argumento para destituirlos y en algún caso ordenar su detención», advirtió Martínez.

Fuente de TenemosNoticias.com: efectococuyo.com

Publicado el: 2023-06-18 07:13:00
En la sección: Política – Efecto Cocuyo

Publicado en Política