conozca cómo quedó establecida tras la expedición del decreto por parte de la Alcaldía
📅 🕐 29 Dic 2025🔗 Fuente: eltiempo.com🕑 3 min de lectura
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La Alcaldía de Cali oficializó la nueva tarifa del servicio público de transporte individual tipo taxi con la expedición del decreto 4112.010.20.1084 de 2025, el cual establece los valores para las categorías básica y de lujo en la ciudad.
La Secretaría de Movilidad aclaró que el decreto no presenta errores y que la carrera mínima quedó fijada en $ 7.100 para el nivel básico, conforme a los parámetros técnicos y legales vigentes definidos en la Resolución 4350 de 1998, que regula la metodología para los estudios de costos del transporte público.
Taxistas Foto:Archivo particular
De acuerdo con la entidad, este valor se aplicará hasta que el taxímetro marque 48 unidades.
A partir de ese punto, el costo del viaje se calculará multiplicando el número de unidades por el valor asignado en el decreto, equivalente a $150 por unidad. El mismo esquema rige para el servicio de lujo, con los valores establecidos para esa categoría.
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La Secretaría explicó que la decisión es coherente con la normativa vigente, en particular con el Decreto 1079 de 2015, que indica que el primer incremento tarifario del año no debe superar el 10 por ciento.
El objetivo, señaló la entidad, es evitar impactos negativos en los usuarios y preservar la competitividad del gremio de taxistas.
Finalmente, la Administración Distrital reiteró que permanece abierta a escuchar propuestas que se ajusten a los criterios técnicos y jurídicos para futuros ajustes en las tarifas de los taxis, tanto en el nivel básico como en el de lujo.
También quedaron establecidas las tarifas para los taxis que prestan el servicio de lujo. Foto:Héctor Fabio Zamora / EL TIEMPO
Así quedaron las tarifas en Cali
Nivel básico
Banderazo: $ 3.700
Carrera mínima: $ 7.100
Unidad (80 metros): $ 150
Recargo nocturno, dominical y festivo: $ 1.800
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Nivel lujo
Banderazo: $ 4.800
Carrera mínima: $ 9.100
Unidad (80 metros): $ 195
Se debe tener en cuenta que, en el caso del recargo nocturno, el documento precisa: “Solo podrá durante el período comprendido entre las 19:00 horas y las 6:00 horas del día siguiente”.
El decreto también hace referencia a la manera en la que se debe cobrar el servicio hasta el aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón, ubicado en el corregimiento de Palmaseca, Palmira.
También se definió el tipo de cobro de la carrera hacia el aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón. Foto:Aerocali
“La prestación del servicio desde el puente sobre el Río Cauca denominado ‘Paso del Comercio’ hasta el Aeropuerto Internacional Alfonso Bonilla Aragón (localizado en el corregimiento de Palmaseca del municipio de Palmira, Valle del Cauca), se regirá por el valor que para el trayecto fije la Autoridad de Tránsito y Transporte del Municipio de Palmira, a la cual se le agregará el valor que marque el taxímetro desde el lugar de origen hasta el puente sobre el Río Cauca o viceversa”, detalló el documento.
Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de la Alcaldía de Cali. Además, contó con la revisión del periodista y un editor.