CIDH otorga medidas cautelares a nueve extranjeros detenidos en Venezuela

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió la Resolución 79/2025 para otorgar medidas cautelares en favor de nueve ciudadanos de distintas nacionalidades que se encuentran privados de libertad en Venezuela. La Comisión determinó que los derechos a la vida e integridad personal de los detenidos están en riesgo de daño irreparable dadas las condiciones de su reclusión.
Riesgos y nacionalidades de los beneficiarios
Los solicitantes, que fueron detenidos en 2025, alegaron que los extranjeros enfrentan condiciones críticas de detención. Entre las principales preocupaciones se encuentran la falta de información sobre su situación jurídica y de salud, la incomunicación con familiares y abogados de confianza, y las limitaciones para acceder a asistencia consular o a una defensa efectiva.
Los nueve beneficiarios provienen de varias naciones:
- Najam Islam Butt (Pakistaní)
- Zsuzsanna Bossanyi (Húngara)
- Willem Frederik de Rhoodes (Holandés)
- Angelique Brigitte Corneille (Holandesa)
- Miguel Moreno Dapena (Español)
- Tres hondureños: Walter López Ogaldez, Willy Delano Bowman Webster y Hiubert Johonie Martínez Martínez.
- Olmedo Javier Núñez Peñalba (Panameño), cuyo paradero sigue siendo desconocido, lo cual es un foco de grave preocupación para la CIDH.
Demandas específicas al estado venezolano
Ante la falta de respuesta y la ausencia de información por parte del Estado, la CIDH exige al Gobierno de Venezuela que adopte medidas urgentes para mitigar el riesgo de los detenidos.
Entre las peticiones específicas de la Comisión se incluyen:
- Protección de la vida e integridad personal de todos los beneficiarios.
- Informar sobre la ubicación, el motivo y las circunstancias de la detención de Olmedo Javier Núñez Peñalba, o las medidas tomadas para determinar su paradero.
- Asegurar que las condiciones de detención sean compatibles con los estándares internacionales.
- Indicar si se les han imputado delitos y si han comparecido ante un tribunal competente para revisar su detención.
- Facilitar la comunicación efectiva con sus familiares, representantes legales y autoridades consulares.
- Realizar una evaluación de salud integral y proporcionar el tratamiento médico prescrito.
- Suministrar acceso a un traductor o intérprete si fuera necesario para conocer su situación legal.
El otorgamiento de estas medidas cautelares no constituye un prejuzgamiento sobre una violación a los derechos humanos, sino un mecanismo para proteger la vida y la integridad de las personas en riesgo inminente.
Danos tu opinión sobre el tema en nuestro foro de DEBATES de Telegram:
También puedes leer en Punto de Corte:
Fuente de TenemosNoticias.com: puntodecorte.net
En la sección: Nacional Archivos – Punto de Corte
También te puede interesar




