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6 claves de Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares que evalúa AN de 2020

6 claves de Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares que evalúa AN de 2020

Disolución de organizaciones con fines políticos, inhabilitaciones, impugnación de candidaturas, prohibición de reuniones y manifestaciones y de difusión de mensajes por medios radioeléctricos y redes sociales que se consideren promuevan el fascismo, neofascismo y “expresiones similares” contempla la ley aprobada por la Asamblea Nacional (AN) de 2020, en primera discusión, este 2 abril.

Para el gobierno de Nicolás Maduro, es un instrumento jurídico para “garantizar” la paz del país y proteger al pueblo de actos tildados de fascistas.

Para la oposición, abogados y activistas de derechos humanos, profundiza el patrón de represión en el país en un contexto electoral, con el objetivo de aniquilar a los adversarios que pueden disputarle el poder.

“La ley como está concebida desmonta la institucionalidad en Venezuela, consolida el estado autoritario con visos totalitarios, niega el sistema de garantías y derechos previstos en la Constitución y amenaza con permitir la existencia de un solo partido político porque busca extinguir la disidencia política”, alertó el abogado experto en derecho internacional, Simón Gómez Guaimara.

A continuación, los aspectos más resaltantes de la propuesta legal de 30 artículos distribuidos en cuatro capítulos y dos disposiciones finales presentado por la vicepresidenta Delcy Rodríguez al Parlamento controlado por el chavismo:

1.¿Qué se entiende por fascismo?

El artículo 4 de la ley define como fascismopostura ideológica o expresión basada en motivos de superioridad racial de origen étnico, social o nacional que asume la violencia como método de acción política, enarbola la cultura de la muerte, denigra de la democracia, sus instituciones y valores republicanos y promueve la supresión de derechos y garantías reconocidos en la Constitución, a favor de determinados sectores de la sociedad por motivos discriminatorios.

El mismo artículo incluye como conductas fascistas el racismo, el chovinismo, clasismo, conservadurismo moral, la misoginia y todo tipo de fobia contra el ser humano. Por neofascismo y expresiones similares se entienden posturas ideológicas o expresiones que reproduzcan total o parcialmente el fascismo.

“Es discrecional este nuevo derecho del madurismo con la aprobación de normas penales plagadas de definiciones ambiguas, abiertas, confusas para dar pie a la absoluta discrecionalidad de quien aplique la norma, tal como se hizo en la Ley contra la Delincuencia Organizada y su concepto de terrorismo y la Ley Contra el Odio. Es un uso arbitrario del derecho”, sostuvo Gómez Guaimara en declaraciones a Efecto Cocuyo.

2. Prohibición a medios y redes sociales

El artículo 11 de la ley prohíbe a medios de comunicación (radio, TV, prensa escrita, medios digitales y comunitarios) difundir mensajes que se considere promuevan actos fascistas. Están incluidas las redes sociales.

El incumplimiento de esta disposición, según el artículo 28, acarrea retiro de la concesión en el caso de los medios radioeléctricos, mientras que los medios impresos y digitales pueden ser objeto de multas que van desde los 50.000 a 100.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor establecida por el Banco Central de Venezuela (BCV).

En su discurso ante la AN, Delcy Rodríguez aludió al slogan electoral “hasta el final” de la ganadora de las primarias opositoras, María Corina Machado, como incitación a la violencia y por ende un acto fascista, por lo que cualquier mensaje de la aspirante a Miraflores difundido por cualquier medio de comunicación puede ser considerado violatorio de la Ley contra el Fascismo, Neofascismo y Expresiones Similares.

“Es imposible no vincular esta ley con las elecciones porque parece tener como propósito el ventajismo electoral para atacar aún más a Vente Venezuela (organización de Machado), que buscar cercenar la oposición política al chavismo en el proceso electoral de julio, siguiendo el modelo ruso y nicaragüense”, alertó el abogado y defensor de derechos humanos.

3. Más libertades en jaque

El artículo 12 prohíbe las reuniones y manifestaciones públicas que promuevan el fascismo y faculta a las autoridades públicas a tomar medidas para disolverlas o evitarlas.

Otra prohibición contempla el artículo 13 del proyecto de ley que aún debe ser sometido a segunda discusión en la AN de 2020: la constitución y funcionamiento de organizaciones sociales, políticas o de derecho privado que se considere hagan apología al fascismo.

Los tribunales pueden acordar la disolución de las organizaciones sociales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) cancelar el registro de las organizaciones políticas y la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) disolver partidos, según los artículos 14 al 16, si se considera que hacen apología al fascismo. En el caso del TSJ debe haber una solicitud del Ministerio Público.

“La libertad de expresión, las reuniones pacíficas y la libre asociación entran en el conjunto de derechos que serían violados de aprobarse definitivamente esta ley, incluso contraviniendo acuerdos internacionales. Está por verse hasta dónde llega el madurismo, sin dejar de mencionar que están pendiente leyes como la que castiga actos contra la soberanía nacional y la que fiscaliza a las ONG”, dijo el abogado.

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4. Más inhabilitaciones  

“No podrán optar a los cargos de elección popular previstos en la Constitución y en la ley ni ejercer cargos públicos las personas que, en cualquier momento de la elección o el acceso al cargo público, hayan adoptado conductas que directamente promuevan o hagan apología del fascismo, neofascismo y expresiones similares”, reza el artículo 17 del proyecto de ley.

Asimismo, la impugnación de una candidatura de quien se considere viole la ley, puede hacerse ante la Sala Constitucional del TSJ.

La recién sancionada Ley Orgánica en Defensa de la Guayana Esequiba ya contempla inhabilitaciones políticas e impugnaciones de candidaturas ante el TSJ (artículos 25 y 26) contra quienes se considere favorezcan la postura de Guyana en el reclamo por el territorio Esequibo.

5. Sanciones penales

El capítulo 4 del proyecto de ley contempla las sanciones penales contra quienes se considere violen su articulado. El artículo 22 contempla prisión de 8 a 12 años e inhabilitación política por el tiempo que dure la condena para quien invoque, ejecute o promueva acciones violentas.

Una pena de cárcel menor (de seis a diez años) más inhabilitación, se le impondrá a quien conforme organizaciones sociales o políticas que promuevan el fascismo, neofascismo o expresiones similares o convoquen a reuniones públicas o manifestaciones.

Las sanciones administrativas, además de los medios de comunicación, también aplican contra quienes financien organizaciones sociales o políticas que se considere promueven o ejecuten actos fascistas. La multa va desde 50.000 a 100.000 veces el tipo de cambio de la moneda de mayor valor establecida por el BCV (artículo 27).

6. Prueba para la CPI

En la exposición de motivos de la ley se toman en consideración las protestas de 2014 y 2017 contra el gobierno de Maduro como actos de fascismo provocados por actores políticos con la complicidad de factores extranjeros que derivaron en violaciones de derechos humanos contra el pueblo.

También aluden a las sanciones internacionales como actos de ese tipo, derivados de medidas de desconocimiento al gobierno desde la AN de 2015.

Para Gómez Guaimara, la ley revictimiza a quienes sufrieron represión en 2014 y 2017 porque se usará la ley para seguir incurriendo en crímenes de lesa humanidad y agrega algo no menos importante: el instrumento legal puede ser para la Corte Penal Internacional la confirmación por escrito del patrón de persecución y represión por el que se investiga al Estado venezolano en dicho tribunal internacional.

Señaló que, si bien la investigación de la CIP se enfoca en los crímenes de lesa humanidad ocurridos en 2017, la gravedad de lo que ocurra de ahora en adelante con la aplicación de la ley puede ser incorporado al expediente.

“La ley pone en pleno manifiesto la existencia indiscutible de una política de persecución en Venezuela”, subrayó.

Fuente de TenemosNoticias.com: efectococuyo.com

Publicado el: 2024-04-03 22:28:24
En la sección: Política – Efecto Cocuyo

Publicado en Política

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