Testigo sordo ayudó a resolver el feminicidio de una joven en Montería
📅 🕐 22 Abr 2026🔗 Fuente: eltiempo.com🕑 3 min de lectura
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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia revocó la absolución y ordenó la captura de dos hombres para que cumplan una pena de 525 meses de prisión (43 años y siete meses) por los delitos de feminicidio y acceso carnal violento. Estos hechos ocurrieron en Montería, Córdoba.
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El máximo tribunal tomó esta decisión luego de que se avalara el testimonio de un hombre con discapacidad auditiva y del habla, el cual fue clave para probar la responsabilidad de estos dos sujetos.
Los señalados son Enio José Peñata Herrera y Ángel David Sánchez Tordecilla, quienes deberán cumplir esta condena, por lo que las autoridades esperan capturarlos en las próximas horas.
De acuerdo con la investigación, estas dos personas llevaron a una mujer identificada como Nataly Salas a una zona despejada, donde la agredieron sexualmente con violencia, la estrangularon y le desfiguraron el rostro, lo que le produjo la muerte.
Luego de recibir la condena, la defensa de estos dos sujetos apeló la decisión del juez ante el Tribunal Superior de Córdoba, el cual los terminó absolviendo en segunda instancia.
Los hombres fueron declarados culpables. Foto:iStock
Sin embargo, la Fiscalía General de la Nación presentó un recurso de casación, cuestionando que el Tribunal no le había dado credibilidad a uno de los testigos clave, debido a sus limitaciones auditivas y del habla.
Asimismo, alegaron que esta persona estuvo en el lugar de la agresión y fue la encargada de dar aviso a las autoridades sobre lo ocurrido.
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Al ver las evidencias que presentó la Fiscalía, la Corte llegó a la conclusión de que los procesados eran culpables, por lo que dictó sentencia y ordenó su captura de manera inmediata.
“Instituyeron una relación de sujeción con la víctima; la sometieron a una sucesión de conductas enfiladas a satisfacer sus pulsiones libidinosas y, luego de ello, le causaron la muerte mediante el estrangulamiento y el aplastamiento de su rostro”, explicó la Corte.
El testigo fue clave. Foto:iStock
Si bien es cierto que la condición del testigo dificultó el testimonio, su relato coincidió con los hallazgos médico-legales que fueron presentados durante el juicio.
“Pese a las limitaciones auditivas y del habla del testigo, las pruebas practicadas no dan cuenta de que F. J. padezca alguna condición que mengüe su capacidad de visión”, afirmó la Sala.
Además, concluyeron que no solo la declaración fue clave para la condena, sino también otras evidencias, como videos y registros de llamadas entre los procesados.
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Ahora, estos sujetos deberán ser capturados y puestos a disposición del Juzgado Segundo del Circuito de Montería, donde tendrán que responder por los delitos cometidos.